🔘 El 30 de marzo dejarÃa la cárcel el único preso por el magnicidio
de Luis Donaldo Colosio Murrieta
Por Staff de Redacción
CIUDAD DE MÉXICO (12/Marzo/2024).- El futuro
procesal de Mario Aburto MartÃnez, único preso por el asesinato del candidato
presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, se definirá este miércoles
cuando la Primera Sala resuelva el recurso de reclamación 805/2023 del
michoacano contra la decisión de la presidenta de la Suprema Corte, Norma LucÃa
Piña Hernández, de admitir la impugnación de la FGR al amparo que se le
concedió el año pasado y que ordenó una nueva condena con base en el Código
Penal de Baja California.
La ministra Ana Margarita RÃos Farjat
presentará a sus homólogos de la Primera Sala, Loretta Ortiz Ahilf, Juan Luis
González Alcántara Carrancá, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo
Rebolledo, aunque este último se declaró impedido para conocer del asunto, un
proyecto en el que plantea dar la razón a Aburto MartÃnez, toda vez que no se
pueden revisar todos los fallos de un Tribunal Federal, ya que los análisis son
excepcionales y requieren de ciertos requisitos como la existencia de un tema
de constitucionalidad.
De aprobarse el proyecto, tendrá efecto el
fallo del Primer Tribunal Colegiado de Apelación que en octubre de 2023 dejó
sin efecto la condena de 45 años de cárcel dictada contra Mario Aburto MartÃnez
y ordenó formular una nueva con base al Código Penal de Baja California, que
establecÃa una pena de 30 años de prisión por el delito de homicidio doloso, al
momento de los hechos.
Por lo que, Aburto MartÃnez podrÃa recuperar su
libertad el próximo 23 de marzo, justo cuando se cumplirán 30 años del
asesinato de Colosio Murrieta, durante un mitin en Lomas Taurinas, Baja
California.
En diciembre del año pasado, la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite el recurso de revisión de la
FiscalÃa General de la República (FGR) contra el amparo del Primer Tribunal
Colegiado a favor de Aburto.
En principio el recurso se turnó al ministro
Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se declaró impedido, por lo que el asunto se
turnó a la ministra Ana Margarita RÃos Farjat, quien en su proyecto señala que
la sentencia del Tribunal Colegiado se basó en criterios vigentes que se emitieron
en 2010 y 2013 por la Corte que señalan que, en delitos conexos, por citar un
ejemplo, homicidio y portación de armas, los jueces federales pueden juzgar
tanto los delitos federales como los locales, pero esto de ninguna manera
convierte al delito local en uno federal.
Con información de El Universal.
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