ACAPULCO ► El
alcalde porteño Luis Uruñuela Fey, desdeña la resolución del máximo tribunal de
justicia mexicana a favor de las uniones entre personas del mismo sexo, al
recalcar que sí autorizará las bodas gay pero antes se debe reformar el
artículo 416 del Código Civil.
Según el primer edil, la
comuna de Acapulco cumple con lo que ordena la ley en lo que se refiere a los
enlaces matrimoniales, tal como se establece la legislación vigente del Estado
de Guerrero.
El alcalde defendió así
su negativa a permitir el matrimonio entre gays: “Para hacer válida la
resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la unión civil
entre personas del mismo sexo, es necesario que el Congreso local realice una
reforma al Código Civil del Estado de Guerrero, en el artículo 416 que establece
“que el matrimonio solo podrá contraerse entre hombre y mujer, que hayan
cumplido dieciocho años”.
“No, yo no estoy en
contra de la boda y no he hecho yo ninguna declaración en ese sentido. Ahí si
hay un error, y si se lee el oficio —circular que envió a todos os oficiales
del Registro Civil—, nosotros lo que deseamos es que se cumpla la ley, que la
presión que deben ejercer no es con nosotros, es con el Congreso”, dijo Uruñuela
Fey.
Y remarcó que en
referencia a las uniones entre personas del mismo género, es necesario primero,
que el Congreso Local de Guerrero realice una reforma al código para poder
avalar legalmente dichas bodas.
En entrevista, Uruñuela
Fey, Edil del puerto de Acapulco, explicó que el gobierno que encabeza, en
ningún momento se ha pronunciado en contra de la unión entre personas del mismo
sexo y pese a las evidencias, rechazó que sea por homofobia la decisión del
Ayuntamiento para abstenerse de realizar cualquier trámite relacionado con
matrimonios entre personas del mismo género.
Desde su punto de vista, la
jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al respecto, lleva
un procedimiento jurídico que debe seguirse con estricto apego, para evitar
vacíos legales en la disposición.
“La jurisprudencia de la
Corte es muy clara, se habla de la inconstitucionalidad de artículos, que si se
refieren a matrimonios de hombres y mujeres, eso debe, según el criterio de la
Corte, debe excluirse; pero mientras no se modifique la ley, esta ley es
vigente aunque haya una jurisprudencia, la jurisprudencia no deroga la ley y
aunque la derogara, hay un procedimiento que tiene que ver con la modificación
de estas disposiciones y hay un término de 90 días para eso, lo señala la ley de
amparo”, añadió el alcalde.
Por Staff de Redacción
Julio/02/2015
www.libertadguerrero.net
0 comments :
Publicar un comentario
Por favor, ingresa tu correo electrónico para poder contactarte posteriormente... Gracias por visitarnos.