馃敇 El fallo perfila un precedente sobre la revisi贸n de recursos federales y gana batalla jur铆dica de m谩s de un a帽o
馃敇 “Marca un antes y un despu茅s para todos los municipios de Guerrero”, afirm贸 la alcaldesa con licencia
ACAPULCO, Gro., (06/Julio/2026). - La Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n fren贸 a la Auditor铆a Superior del Estado de Guerrero y dio la raz贸n al Ayuntamiento de Acapulco: el 贸rgano fiscalizador estatal no tiene facultades constitucionales para revisar los recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN). La determinaci贸n pone fin a una disputa jur铆dica de m谩s de un a帽o y sienta un criterio que impacta a todos los municipios del Estado.La resoluci贸n, presentada al Pleno por el ministro Ar铆stides Guerrero Garc铆a, invalid贸 el procedimiento iniciado por la ASE al afirmar que la revisi贸n del uso de los recursos federales son atribuciones reservadas exclusivamente a la Auditor铆a Superior de la Federaci贸n (ASF), que es la 煤nica instancia constitucionalmente facultada para fiscalizar ese tipo de recursos.
El conflicto tiene su origen en el ejercicio fiscal 2023, donde el municipio enfrent贸 la devastaci贸n del hurac谩n Otis en octubre, el m谩s poderoso registrado en el Pac铆fico mexicano.
En ese contexto, la ASF audit贸 un universo de mil 122 millones de pesos en recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento. El resultado: una 煤nica solicitud de aclaraci贸n por 3.7 millones de pesos relacionada con documentaci贸n de obras p煤blicas, observaci贸n que el municipio atendi贸 y que fue declarada solventada en octubre de 2025.
En paralelo, la ASE inici贸 su propia revisi贸n sobre 898.6 millones de pesos del FAISMUN y requiri贸 documentaci贸n al Ayuntamiento. El municipio rechaz贸 entregarla con un argumento constitucional claro: la fiscalizaci贸n de esos recursos corresponde exclusivamente a la ASF, no a las entidades locales. Ese argumento, sostenido desde el primer d铆a, fue el que la Corte valid贸 este lunes.
La diferencia de criterios entre el municipio y la ASE deriv贸 en la controversia constitucional 174/2025, promovida por el Ayuntamiento de Acapulco ante el m谩ximo tribunal. Desde mediados de 2025, bajo la apariencia del buen derecho, la Corte concedi贸 suspensiones en contra de los actos realizados por el Ente Fiscalizador Estatal, para detener las inconstitucionales actuaciones de la ASE. En enero de 2026, el Pleno las ratific贸 por unanimidad al considerar que exist铆an elementos suficientes para mantener la protecci贸n mientras se resolv铆a el fondo del litigio.
La determinaci贸n adoptada este lunes 06 de julio adopta como criterio base que la Auditor铆a Superior del Estado actu贸 fuera de su 谩mbito de competencia al fiscalizar recursos cuya revisi贸n corresponde 煤nicamente a la instancia federal.
La determinaci贸n no solo desactiva uno de los principales frentes legales abiertos contra la administraci贸n de Abelina L贸pez Rodr铆guez. Establece tambi茅n un criterio de alcance nacional sobre los l铆mites de actuaci贸n de los 贸rganos estatales de fiscalizaci贸n cuando se trata de recursos federales transferidos a los municipios, un debate que trasciende el caso de Guerrero y que puede incidir en la relaci贸n entre las haciendas locales y la fiscalizaci贸n federal en todo el pa铆s.
Al conocer el sentido de la resoluci贸n, Abelina L贸pez Rodr铆guez fue directa: “Hoy la Corte deja un gran precedente. Este no es un tema para Abelina; es para todos los municipios del Estado. Nuestra prioridad siempre ha sido trabajar para nuestro pueblo.”
La controversia constitucional que comenz贸 como una disputa sobre la fiscalizaci贸n de recursos del FAISMUN termin贸 convirti茅ndose en un debate de fondo sobre los alcances del poder de revisi贸n de los 贸rganos auditores estatales. La Suprema Corte inclin贸 ese debate a favor de la postura que el Ayuntamiento de Acapulco sostuvo desde el inicio.
Con informaci贸n del expediente de la controversia constitucional 174/2025 y documentos oficiales de la Auditor铆a Superior de la Federaci贸n.






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