馃敇 Dan plazo de 15 d铆as
al Poder Judicial para que presente la informaci贸n requerida
Por Staff de Redacci贸n
CHILPANCINGO, Gro. (24/Abril/2025).- El Congreso del
Estado de Guerrero aprob贸 un exhorto al presidente del Tribunal Superior de
Justicia (TSJ) del Estado para que informe, en un plazo de 15 d铆as h谩biles, si
existen personas pertenecientes a pueblos ind铆genas o afromexicanos que hayan
sido beneficiadas con la Ley estatal de Amnist铆a, los tipos penales por los que
se han liberado y el g茅nero de los beneficiarios.
Esto, en un dictamen que emiti贸 la Comisi贸n de
Justicia derivado de una propuesta realizada por el diputado Edgar Ventura de
la Cruz (PT), donde se menciona que el prop贸sito es conocer la funcionalidad o
aplicaci贸n de la Ley de Amnist铆a del Estado de Guerrero, publicada en el
2024, y que tiene como objetivo ayudar a
todas aquellas personas que est茅n sujetas a proceso o bien sentenciadas por
delitos menores.
Refiere que este ordenamiento tuvo como prop贸sito
fundamental ayudar a los individuos integrantes de pueblos ind铆genas y
afromexicanos, mujeres, campesinos y personas de escasos recursos, quienes por
falta de recursos econ贸micos no hab铆an tenido acceso a la justicia y buscaba
con el pleno respeto de los derechos de la v铆ctima, liberar a todas estas
personas.
En el dictamen
que fundament贸 el diputado Carlos Eduardo Bello Solano, en su calidad de
presidente de la Comisi贸n de Justicia, se destaca que la amnist铆a no es un pase
a la impunidad, sino por lo contrario, con pleno respeto de los derechos
humanos y con exacta aplicaci贸n de los mecanismos de liberaci贸n busca restituir
a quienes, bajo un estado social desfavorable puedan gozar de su libertad,
adem谩s de que se garantizan los derechos de las v铆ctimas como es la reparaci贸n
de da帽os.
“La amnist铆a procura reducir una brecha de desigualdad para los individuos que se encuentran en condiciones que no les permiten contar con una defensa adecuada o bien para cubrir la fianza o garant铆a econ贸mica y acceder a su libertad provisional, adem谩s es un instrumento jur铆dico que concede el perd贸n por la realizaci贸n de actos delictivos a aquellas personas pertenecientes a grupos sociales en estado de vulnerabilidad y busca restituirles derechos por la desigualdad econ贸mica o social en la que se encuentran inmersos”, se帽ala.
Por ello, en aras de conocer la funcionalidad de este ordenamiento jur铆dico o bien saber de su aplicaci贸n, y con pleno respeto a la divisi贸n de poderes, se solicita al Presidente del TSJ que informe al Congreso, en un plazo de 15 d铆as h谩biles, si existen personas pertenecientes a pueblos ind铆genas o afromexicanos que hayan salido beneficiados con dicha Ley, los tipos penales por los que se han liberado, y el g茅nero de los beneficiados.
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