馃敇 Se debe hacer valer lo
establecido en la Ley Org谩nica del Municipio Libre del Estado
de Guerrero, refiere el legislador Jhobanny Jim茅nez
Por Staff de Redacci贸n
CHILPANCINGO, Gro. (13/Febrero/2025).- El
diputado Jhobanny Jim茅nez Mendoza propone exhortar a los 84 Ayuntamientos y al
Concejo Municipal Comunitario de Ayutla de los Libres, para que supervisen y
apliquen la gratuidad temporal del servicio de estacionamiento en plazas
comerciales, tiendas de autoservicio, departamentales o similares, en beneficio
de la econom铆a de los consumidores, como establece la Ley Org谩nica del
Municipio Libre del Estado de Guerrero.
En un Acuerdo Parlamentario que analiza
la Comisi贸n de Desarrollo Econ贸mico y Trabajo, el legislador se帽ala que las
personas que van en autom贸vil a las plazas comerciales de los municipios, de
acuerdo con la Ley Org谩nica del Municipio Libre tienen la obligaci贸n de otorgar la gratuidad de dos horas por el
uso de estacionamiento para quienes demuestren haber consumido en sus
establecimientos.
Sin embargo, se帽al贸 que las personas
que acuden a estas plazas o centros comerciales tienen que pagar, injustamente,
una tarifa por el uso de un estacionamiento que adem谩s carece de seguridad,
protecci贸n o alg煤n seguro que respalde los da帽os o robos a los veh铆culos de los
clientes.
“El punto principal en el que versa la
presente propuesta descansa sobre el desconocimiento de las autoridades
municipales para aplicar las regulaciones en los estacionamientos, lo que ha
permitido que cobren de manera excesiva e ilegal”, a帽adi贸 el legislador.
Jim茅nez Mendoza mencion贸 que “un
ejemplo claro es la Plaza Comercial Galer铆as Chilpancingo, donde ofrecen s贸lo
15 minutos de estacionamiento gratuito, y diariamente se cobran 12 pesos por 2
horas a cada autom贸vil, obteniendo ganancias aproximadas de hasta 5 millones de
pesos anuales”.
Por estas razones, propuso exhortar a los Ayuntamientos para que supervisen y apliquen la gratuidad temporal del servicio de estacionamientos en plazas comerciales, tiendas de autoservicio, departamentales o similares, en beneficio de la econom铆a de los consumidores con base en lo establecido en el art铆culo 184 Bis de la Ley Org谩nica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.
Adem谩s, que los Ayuntamientos informen al Congreso el estado en el que se encuentra la aplicaci贸n de la gratuidad de dos horas en dichos aparcamientos, siempre y cuando las personas usuarias realicen consumo en los respectivos establecimientos, y que informen si cuentan con un seguro y reglamento vigente.
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