🔘 El 4 de marzo es la fecha límite para que
funcionarios y autoridades se separen de cargos, si aspiran a cargos de
elección popular
ACAPULCO, GRO., (04/Marzo/2024). - Este lunes 4 de marzo es la fecha límite para que se separen del cargo los titulares de las dependencias, entidades u organismos de la administración pública federal, estatal o municipal; las y los representantes populares federales, estatales o municipales; y las y los magistrados de los Tribunales Superior de Justicia y de Justicia Administrativa, si participarán como candidatos en el proceso electoral de ayuntamientos y diputados.
También deberán separarse del cargo si
participan como candidatos a puestos de elección popular, las y los titulares
de los órganos autónomos o con autonomía técnica; así como las y los servidores
públicos que manejen recursos públicos o ejecuten programas gubernamentales.
La Ley de Instituciones y
Procedimientos Electoral del Estado de Guerrero (LIPEG), señala que podrán
participar en el proceso electoral como candidatos sin separarse del cargo, las
y los representantes populares que participen bajo la modalidad de reelección,
así como las y los servidores públicos que no tengan funciones de dirección,
fiscalización, supervisión o manejo de recursos públicos, ni lleven a cabo la
ejecución de programas gubernamentales, quienes en todo momento se apegarán a
las disposiciones que la ley disponga en la materia.
Las disposiciones anteriores forman
parte de un aviso que emitieron las autoridades electorales, con motivo del
proceso electoral de ayuntamientos y diputados locales con elecciones
programadas para el 2 de junio de este año.
El consejero electoral y presidente de
la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Electoral y de
Participación Ciudadana, Amadeo Guerrero Onofre, informó que la Ley de
Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero (LIPEG),
señala que las y los servidores públicos por designación y por elección popular
que desempeñen las funciones descritas, deberán separarse del cargo 90 días
antes de la jornada electoral.
Considerando que los comicios para
elegir con voto popular a los integrantes de los ayuntamientos, y a los 46
diputados locales se llevarán a cabo el 2 de junio de este año, la fecha
límite que tienen los servidores
públicos para separarse de los cargos si participarán como candidatos a
diputados, alcaldes, síndicos y regidores es el 4 de marzo.
De acuerdo a lo establecido en el
artículo 46 de la Constitución Política del estado, y en el artículo 10 de la
LIPEG, para ser candidato o candidata a diputado o diputada local por el
principio de mayoría relativa o por el principio de representación proporcional;
o para ser candidato o candidata a presidente municipal, síndico o regidores,
los funcionarios deberán separarse del cargo 90 días antes de la jornada
electoral, es decir a más tardar el 4 de marzo.
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