🔘 El Congreso aprobó medidas que fortalecen los
derechos laborales y familiares, incluyendo licencias médicas remuneradas y
permisos para exámenes de salud preventiva
Por Staff de Redacción
CHILPANCINGO, GRO., (07/Febrero/2024). - El Pleno de la LXIII Legislatura
aprobó un dictamen de reformas, adiciones y derogaciones a la Ley Estatuto de
los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos
Públicos Coordinados y Descentralizados, y a la Ley del Trabajo de los
Servidores Públicos del Estado, con el objetivo de establecer, ampliar y
garantizar los derechos de las trabajadoras y los trabajadores de la entidad.
Entre la aprobación de estas modificaciones que fueron dictaminadas por la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo, destaca la adición en la citada Ley para que trabajadoras y trabajadores disfruten de licencias médicas con goce de sueldo para atender algún padecimiento por enfermedad o discapacidad, propio o de algún descendiente, siempre y cuando presenten una constancia expedida por algún instituto de seguridad social.
Asimismo, se otorgará a las trabajadoras y los trabajadores que cuenten con contratos superiores a 30 dÃas, un dÃa de permiso al año para someterse a exámenes de mamografÃa o papanicolaou, y de próstata, con el fin de garantizar sus derechos en materia de salud, para lo cual deberán avisar al patrón con una semana de anticipación, y una vez realizados, deberán presentar comprobantes que acrediten que se los realizaron en la fecha estipulada.
En cuanto al otorgamiento de licencias y permisos que se conceden a trabajadores en materia de responsabilidades familiares, que contempla a padres y madres para asistir y amparar a sus hijas e hijos menores de edad, se amplÃa para que también puedan atender a su progenitor en calidad de adulto mayor, cuando este padezca alguna enfermedad o discapacidad de carácter fÃsico, psicológico o sensorial que les impida valerse por sà mismo.
De la misma forma, se garantiza a las madres en periodo de lactancia, durante los seis primeros meses, dos descansos al dÃa de media hora cada uno, o la reducción de su jornada laboral por una hora. Esto aplicará cuando reciba en adopción un bebé menor de seis semanas de edad, asà como la licencia de paternidad por 30 dÃas con goce de sueldo.
En relación a las cuotas y pagos al Instituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero (ISSSPEG), con base a las leyes y convenios, el patrón está obligado a enterar los montos retenidos, y en caso de omisión, se considerará como una falta administrativa grave en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guerrero.
Las modificaciones antes mencionadas que fueron plasmadas en un solo
dictamen, derivan de un amplio paquete de iniciativas presentadas de manera
separada por los diputados Manuel Quiñónez Cortés, Raymundo GarcÃa Gutiérrez,
Osbaldo RÃos Manrique, Carlos Cruz López, las diputadas Gabriela Bernal
Reséndiz, Flor Añorve Ocampo y Yoloczin DomÃnguez Serna (con licencia), y por
la gobernadora Evelyn Cecia Salgado Pineda.
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