CHILPANCINGO ► Para aumentar la penalidad de tres a seis años de
prisión, para aquellas personas que incumplan con la obligación alimentaria y
de cuatro a diez años, para quienes declaren insolvencia simulada, la diputada
Rosaura Rodríguez Carrillo, propone reformar el Código Penal.
Y es que la legisladora argumentó que hoy en
día existe una falta de responsabilidad, en su gran mayoría de varones, en el
cumplimiento de proporcionar alimentos a sus hijos menores de edad, lo que
ocasiona que los niños, niñas y jóvenes no cuenten con un desarrollo óptimo,
por la falta de recursos económicos.
En la iniciativa de reformas al Código Penal
del Estado, que analiza la Comisión de Justicia, la legisladora señala que en
la Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de
Guerrero se garantiza el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de
sus derechos, por lo que es indispensable regular y legislar para que no haya
vacíos legales que permitan la violación y privación del derecho al crecimiento
y desarrollo integral de la infancia guerrerense.
Dijo que la manutención económica de los
hijos e hijas no puede soslayarse porque atenta contra un bien jurídico como la
protección al núcleo social, cuya subsistencia peligra cuando no se les
proporcionan los alimentos a sus miembros más indefensos, de ahí que el Estado
debe proteger los derechos de los acreedores a percibir alimentos.
Explicó que de acuerdo con lo establecido por
la Primera Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
del 2011, el 67.5 por ciento de las
madres solteras no reciben una pensión alimenticia, el 91 de los casos los
acreedores son los hijos, el 8.1 son la esposa y los hijos, el 0.9 son los
hijos y el esposo y 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión
alimenticia.
Aseguró que la corresponsabilidad de
manutención de los hijos debe ser compartida, sin embargo, la realidad muestra
que para evadir su responsabilidad progenitora el deudor, que mayoritariamente
es padre, dolosamente manifiesta que su salario es inferior al que realmente
percibe, colocándose intencionalmente en estado de insolvencia.
Por estas razones, la diputada Rodríguez
Carrillo refiere que el incumplimiento
doloso al pago de las pensiones alimentarias es antijurídico e ingresa, por
tanto, al campo penal, porque pone en peligro la subsistencia de los acreedores
alimentarios, especialmente, cuando no hay causa justificada para incumplir.
Por ello, propone aumentar de tres a seis
años de prisión la penalidad por el incumplimiento de la obligación
alimentaria, también incrementar de cuatro a diez años lo referente a la
insolvencia simulada e incrementar la penalidad en lo relativo a la omisión de
rendición de informes.
Por Staff de Redacción
Mayo/04/2016
www.libertadguerrero.net
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