CIUDAD DE MÉXICO ► La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó
el dictamen de reforma constitucional para crear el Sistema Nacional
Anticorrupción, con el cual se construye una herramienta fundamental para
combatir este flagelo.
El dictamen que se
avaló con 24 votos a favor, uno en contra de Movimiento Ciudadano y una
abstención del PRD, se presentará mañana ante el Pleno camaral para su
discusión y, en su caso, aprobación, para posteriormente remitirlo al Senado de
la República para su revisión.
El dictamen que hoy
se aprueba, en lo general y en lo particular, requirió en esta comisión de un
largo trabajo, desde noviembre de 2014, donde se entregaron y turnaron para
dictaminar diversas iniciativas del PAN, PT y PRD.
En voz del
presidente de esta instancia legislativa, el perredista Julio César Moreno
Rivera, sus integrantes conocieron los puntos más importantes para establecer
un Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), para lo cual se reforman 14 artículos
de la Constitución Política Mexicana (22, 28, 41, 73, 74, 76, 79, 104, 108,
109, 113, 114, 116 y 122).
Se destaca que por
primera vez en México, habrá un sistema integral y transversal, alejado de
intereses personales, pues sus objetivos son claros: generar mejores estándares
en el servicio público y combatir de manera definitiva los actos de corrupción.
En suma, señaló
Moreno Rivera, con la creación del SNA se erradicarán las prácticas de
corrupción que tanto daño han causado a la sociedad y confirma el compromiso
del Estado mexicano para contar con gobiernos abiertos.
Detalló que un acto
de corrupción no sólo tiene implicaciones éticas, en específico contrarias al
sistema axiológico de las democracias constitucionales, sino que producen daños
relevantes en el desempeño estatal.
Según datos del
Índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno, para el año 2010, “las mordidas”
para acceder o facilitar 35 trámites y servicios públicos alcanzaron los 32 mil
millones de pesos.
En el mismo año,
refirió que el Índice registró 200 millones de actos de corrupción en los
distintos órdenes de gobierno.
De acuerdo con el
Barómetro de las Américas, en 2010 el 77 por ciento de los ciudadanos
encuestados percibieron índices altos de corrupción en el país, anotó.
El legislador del
Partido de la Revolución Democrática (PRD) dijo que las externalidades de la
corrupción no sólo afectan el estándar de responsabilidad ética-jurídica de los
servidores públicos y particulares relacionados con la función pública, sino
que impactan en el crecimiento económico nacional.
“Resulta evidente
que la corrupción trasciende de militancias partidistas, proyectos ideológicos
y órdenes de gobierno.
“La corrupción,
como sostienen los estudios en la materia, ha logrado instaurarse en un sistema
con capacidad de autorregularse y, por ende, de actualizar mecanismos de
defensa frente a los esfuerzos gubernamentales para combatirla”, sostuvo.
Moreno Rivera
indicó que el SNA se establece en el Artículo 113 constitucional, y el objetivo
principal es la coordinación entre las autoridades de todos los órganos de
gobierno competentes para la prevención, detección, investigación y sanción de
las responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.
Enlistó que los
siete integrantes de este sistema son: la Secretaría de la Función Pública; la
Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; el titular de la Auditoría
Superior de la Federación, el titular del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa.
También el titular
del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
(IFAI), el representante del Consejo de la Judicatura Federal, y el
representante del Comité de Participación Ciudadana.
Precisó que se
establece que el titular de la Secretaría de la Función Pública será designado
por el Ejecutivo federal y ratificado por el Senado de la República.
Destacó que a la
Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, misma que fue aprobada y
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, y el
titular de la Auditoria Superior de la Federación (ASF), se les otorgan mayores
facultades.
Entre ellas se
elimina el principio de anualidad, es decir, la ASF podrá auditar en tiempo
real ya que sólo podía auditar dos años atrás; actualmente rinde un informe
general que ahora será denominado “Ejecutivo” y con la reforma habrá informes
de carácter individual.
Además podrá
auditar fondos y fideicomisos no sólo públicos sino también privados que
manejen recursos federarles; se permite también que la Auditoria Superior
fiscalice a los órganos autónomos.
Al titular del Tribunal
de Justicia Administrativa también se le confieren mayores facultades, entre
las que resaltan:
Actualmente este
órgano se limita a conocer de la revisión contra las sanciones que imponen las
contralorías internas, con la reforma el Tribunal de Justicia Administrativa
sancionará tanto a particulares como a servidores públicos que incurran en
faltas administrativas graves.
Ahora se podrán
imponer sanciones a los particulares vinculados con actos de corrupción, mismos
que consistirán en la inhabilitación para participar en adquisiciones;
disolución e intervención de la empresa, y la obligación de reparar los daños
al erario.
De igual forma
señaló que el titular del Distrito Federal, del IFAI, del Consejo de la
Judicatura Federal, y el Comité de Participación Ciudadana, considerado el más
importante, serán parte del Sistema Nacional Anticorrupción.
El diputado Julio
César Moreno Rivera resaltó que el Comité de Participación Ciudadana, que forma
parte del Sistema Nacional Anticorrupción, estará integrado por cinco
destacados ciudadanos que hayan contribuido a la transparencia, rendición de
cuentas y combate a la corrupción.
En lo que respecta
a los servidores públicos, las sanciones administrativas consistirán en
amonestación, suspensión e inhabilitación, además de sanciones económicas, de
acuerdo a los daños y perjuicios patrimoniales que hayan causado.
Por ello se
modificó también el Artículo 114 para que la prescripción de las sanciones
administrativas no sean inferiores a siete años.
Además de que a los
servidores públicos que incurran en enriquecimiento ilícito se les podrá seguir
el procedimiento civil de extinción de dominio, el cual es independiente de la
responsabilidad penal del delito cometido, añadió.
Mencionó que los
órganos responsables de investigación, es decir, los órganos internos de
control o la Auditoría Superior de la Federación ya no aplicarán la secrecía de
la información en materia fiscal o la relacionada con operaciones de depósito,
administración, ahorro e inversión de recursos monetarios.
Finalmente, Moreno
Rivera agregó que como cuestiones generales se propone que los contralores de
los órganos autónomos como el Instituto Nacional Electoral (INE), los nombre la
Cámara de Diputados, este sistema se replicará en las entidades federativas.
Fuente:
Notimex
Febrero/25/2015
www.libertadguerrero.net
0 comments :
Publicar un comentario
Por favor, ingresa tu correo electrónico para poder contactarte posteriormente... Gracias por visitarnos.