La ilicitud disfrazada de autodefensa
Felicitaciones por su cumpleaños a la estupenda traductora políglota e intérprete Eva Nora Longi Sarmiento, egresada del Colegio Guadalupe en Lindavista, DF y campeona de natación en su juventud con el entrenador Nelson Vargas…
Qué bueno que existan “luchadores sociales” que dicen preocuparse por el bienestar y la seguridad de los demás, sobre todo cuando los gobiernos han dejado mucho que desear por el desgarriate policiaco.
Sólo que las libertades para que lo sean, tienen límites que deben respetarse, de no ser así se incurre en libertinaje y no hay que hacer cosas buenas que pudieran parecer malas, sobre todo a la luz de la legislación vigente que es escrita y estricta, aunque su aplicación dependa de otros factores…
El proceder aguerrido e irreverente de algunos puede encuadrar en tipos penales muy específicos, de cuya integración en averiguación previa se encarga el Ministerio Público, aunque a veces se detenga por consignas políticas que suponen hacer bien tolerando o disimulando algunas transgresiones en el ánimo de evitar conflictos mayores.
¿Hasta dónde es aceptable que no se proceda contra quienes perdieron la brújula y se pasan de tueste?,¿Cuándo cumplirá su advertencia el Procurador Jesús Murillo Karam, como la reiteró el miércoles en Chilpancingo en el evento con la UAG y Jesús Martínez Garnelo?...
Veamos de qué platican en algunas escuelitas.
-Como se lo dijimos ayer maestra Teacherina, a usted le pagan por darnos la clase, así que ya tenemos listas las grabadoras y comience a decirnos sobre esos tres delitos que dejó de tarea…
-Condenados escuinclitos rebeldes, ¿dónde han aprendido esos modales?
-De ustedes maestra. Viene de ahí su clase o le hacemos paro…
-Conste chamacos: El Código Penal Federal en su Libro Segundo,Título Primero, relativo a Delitos Contra la Seguridad de la Nación, Capítulo III, preceptúa en su artículo 130 sobre el delito de Sedición que:
SE APLICARA LA PENA DE SEIS MESES A OCHO AÑOS DE PRISION Y MULTA HASTA DE DIEZ MIL PESOS, A LOS QUE EN FORMA TUMULTUARIA, SIN USO DE ARMAS, RESISTAN O ATAQUEN A LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL LIBRE EJERCICIO DE SUS FUNCIONES CON ALGUNA DE LAS FINALIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 132.
A QUIENES DIRIJAN, ORGANICEN, INCITEN, COMPELAN O PATROCINEN ECONOMICAMENTE A OTROS PARA COMETER EL DELITO DE SEDICION, SE LES APLICARA LA PENA DE CINCO A QUINCE AÑOS DE PRISION Y MULTA HASTA DE VEINTE MIL PESOS.
En el artículo 131 se refiere al delito de Motín:
SE APLICARA LA PENA DE SEIS MESES A SIETE AÑOS DE PRISION Y MULTA HASTA DE CINCO MIL PESOS, A QUIENES PARA HACER USO DE UN DERECHO O PRETEXTANDO SU EJERCICIO O PARA EVITAR EL CUMPLIMIENTO DE UNA LEY, SE REUNAN TUMULTUARIAMENTE Y PERTURBEN EL ORDEN PUBLICO CON EMPLEO DE VIOLENCIA EN LAS PERSONAS O SOBRE LAS COSAS, O AMENACEN A LA AUTORIDAD PARA INTIMIDARLA U OBLIGARLA A TOMAR ALGUNA DETERMINACION.
A QUIENES DIRIJAN, ORGANICEN, INCITEN, COMPELAN O PATROCINEN ECONOMICAMENTE A OTROS PARA COMETER EL DELITO DE MOTIN, SE LES APLICARA LA PENA DE DOS A DIEZ AÑOS DE PRISION Y MULTA HASTA DE QUINCE MIL PESOS.
-Oiga teacher…¿y eso de la rebelión que se anda mencionando e insinuando tanto?
En el artículo 135 dice que: SE APLICARA LA PENA DE UNO A VEINTE AÑOS DE PRISION Y MULTA HASTA DE CINCUENTA MIL PESOS AL QUE:
I. EN CUALQUIER FORMA O POR CUALQUIER MEDIO INVITE A UNA REBELION;
II. RESIDIENDO EN TERRITORIO OCUPADO POR EL GOBIERNO:
A) OCULTE O AUXILIE A LOS ESPIAS O EXPLORADORES DE LOS REBELDES, SABIENDO QUE LO SON;
B) MANTENGA RELACIONES CON LOS REBELDES, PARA PROPORCIONARLES NOTICIAS CONCERNIENTES A LAS OPERACIONES MILITARES U OTRAS QUE LES SEAN UTILES.
III. VOLUNTARIAMENTE SIRVA UN EMPLEO, CARGO O COMISION EN LUGAR OCUPADO POR LOS REBELDES, SALVO QUE ACTUE COACCIONADO O POR RAZONES HUMANITARIAS.
-¿Esos son todos, teacher?
-Claro que no chamacos, faltan los delitos de Terrorismo, Sabotaje, Conspiración, Piratería, Traición a la Patria y Espionaje. Pero así como para abrir boca y que le vayan midiendo el agua a los camotes, con los de Sedición, Motín y Rebelión tienen para comenzar a analizar los acontecimientos más recientes del 2011 a la fecha y ustedes mismos calcularán si está bien o mal lo que algunos alborotados andan haciendo en Michoacán y estados aledaños.
-Pues no necesitamos quebrarnos mucho la cabeza para ver que las conductas de algunos líderes y sus huestes podrían encuadrarse en esos tipos penales, como dicen los abogados, maestra
-Buena deducción chamacos, pero no es tarea fácil integrar averiguaciones hasta consignar personas por ese tipo tan especial de delitos.
-¿Y de qué depende que comiencen a chambear duro los del MP?, ¿aptitud y huevos?
-¡Shhh…cábrense cayones!, más bien hay cuestiones políticas que a veces se interponen entre la aplicación lisa y llana de las leyes dilatando decisiones difíciles por miedo a que crezcan más las movilizaciones.
-¿Y entonces se esperan hasta que la sangre llegue al río y tapen el pozo tras los niños ahogados?
-Así pasa cuando sucede.
-¿Y de plano no será delito que omitan el cumplimiento de un deber en el momento oportuno?
-Serenos morenos, ahí sí que me la ponen dura y pelona para poderles contestar con sinceridad; en boca cerrada no entran moscas.
-¿Miedo o precaución, teacher?
- De tarea me traen comentarios sobre esos delitos y las conductas de los que se están haciendo muy famosos por revoltosos en Guerrero y Michoacán…
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