CIIUDAD DE MÉXICO (www.libertadguerrero.net).- Para el proceso electoral de
julio de este año, es necesario que los ciudadanos conozcan la forma en la
que deben tachar su boleta a la hora de emitir el sufragio.
Este tema
es causa de preocupación para los partidos políticos, sobre todo de los
pequeños, principalmente por la probable confusión del elector a la hora de
votar. Lo anterior es atribuible a la falta de información por parte del
Instituto Federal Electoral (IFE), por lo que el
Partido Verde Ecologista (PVEM) solicitó a la autoridad electoral que realizara
una campaña informativa para aclarar cómo se debe votar en coalición en este
proceso electoral.
Al ser
rechazada la solicitud realizada por el PVEM, el Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que se diera una explicación de
cómo votar, incluso el mismo día de la elección, a través de diversos medios
impresos y electrónicos. Sobre este punto, las comisiones unidas de
Organización y Capacitación del propio IFE apuntaron que la aparente falta
de información no causará conflicto para el ciudadano, como quedó
demostrado en la primera experiencia de la nueva legislación en materia de
coaliciones durante las elecciones federales de 2009.
Sin
embargo, en un análisis realizado al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
(COFIPE), se puede observar que, para que los ciudadanos puedan votar de
forma correcta por un candidato que vaya en coalición en la jornada
electoral de julio próximo, el párrafo 3 del artículo 274, señala que “cuando
el elector marque en la boleta dos o más cuadros y exista coalición entre los
partidos cuyos emblemas hayan sido marcados, el voto contará para el candidato
de la coalición y se registrará por separado en el espacio correspondiente del
acta de escrutinio y cómputo de casilla”.
Ello
significa que el ciudadano debe marcar su boleta eligiendo sólo el partido
con el que se sienta más identificado. Si el elector marca dos o más
cuadros de los partidos en coalición, el voto contará únicamente para el
candidato y no será registrado para ningún partido.
En el
caso del cómputo distrital de la votación para diputados, la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
publicada el 3 de octubre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación (DOF),
relativa al Nuevo régimen legal de coaliciones, menciona que “se sumarán los
votos que hayan sido emitidos a favor de dos o más partidos coaligados y que
por esa causa hayan sido consignados en el apartado correspondiente del acta de
escrutinio y cómputo de casilla. La suma distrital de tales votos se
distribuirá igualitariamente entre los partidos que integran la coalición; de
existir fracción, los votos correspondientes se asignarán a los partidos de más
alta votación”.
En
contraste, la votación de 2006 fue distinta en materia de coaliciones.
Antes de la reforma al COFIPE de 2007 se estipulaba que los partidos que
acordaban formar una coalición, aparecían en la boleta con un emblema común y
en cuestión de votos, los partidos pequeños o de menor fuerza como Convergencia
(hoy Movimiento Ciudadano), Partido del Trabajo, Nueva Alianza, Partido Verde,
por mencionar algunos, garantizaban su registro al participar con los partidos
de mayor fuerza y tamaño (Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario
Institucional o Partido de la Revolución Democrática).
Con la
reforma al COFIPE de 2007, el artículo 95 establece que cada uno de los partidos
coaligados aparecerá en la boleta electoral con su propio emblema, en donde los
votos se sumarán para el candidato y contarán independientemente para cada
partido político.
Adicionalmente,
el tema del registro de los partidos también sufre cambios. La resolución de
sentencia de la SCJN ya antes mencionada, declara inválido el párrafo 5 del
artículo 96 del COFIPE que había sido motivo de discusión entre partidos, y
establece que perderán el registro los partidos que por sí mismos no alcancen
el 2% de la votación. La resolución pretende respetar la “calidad del voto” del
elector (universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible) y
evitar que por decisión y acuerdo de los mismos partidos políticos, se
transfiera el voto a un partido distinto al que originalmente eligió el
ciudadano, además de medir la fuerza electoral real de cada partido en la
contienda.
A pesar
de que se pretende la protección del voto y medir la fuerza de los partidos, el
cambio de diseño de las boletas electorales, genera cierta
incertidumbre en relación al conteo de votos, incluso más que la ocurrida en
los comicios de 2006, según apuntan diversos investigadores y analistas.
Por lo
anterior, resulta indispensable que el IFE utilice los medios de comunicación a
su alcance para aclarar lo antes posible las confusiones que sobre el tema
tengan la ciudadanía y el electorado. Ya no queda mucho tiempo y la confusión
en el electorado podría ser la constante.
Por
Adriana Covarrubias
Junio/14/2012
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