Por Staff de Redacción
CHILPANCINGO, Gro. (13/Abril/2026).- Con el
propósito de garantizar un ingreso para cónyuges dedicados al hogar, cubierto
por los recursos del otro cónyuge como gasto de mantenimiento y en casos de
vulnerabilidad, la diputada Araceli Ocampo Manzanares propuso reformas y
adiciones a diversas disposiciones del Código Civil y de la Ley para la Igualdad
entre Mujeres y Hombres, ambos ordenamientos del estado de Guerrero.
En la iniciativa, presentada recientemente y
analizada por las Comisiones Unidas de Justicia e Igualdad de Género, la
legisladora expone que, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de
Estadística y Geografía, el valor económico del trabajo doméstico y de cuidados
representó alrededor del 24 por ciento del Producto Interno Bruto durante 2024
y 2025, lo que evidencia que esta actividad, aunque no remunerada, constituye
un pilar central de la economía nacional.
Sin embargo, agregó que este trabajo permanece
invisibilizado y no genera ingresos directos para quienes lo realizan. La
ausencia de un ingreso básico para el cónyuge dedicado al hogar refleja una
persistente desvalorización social de estas tareas.
“En el caso mexicano, esta crisis se manifiesta en
la precarización de millones de mujeres que, al dedicarse al cuidado de sus
hijas e hijos y al sostenimiento del hogar, quedan excluidas de mecanismos de
seguridad social, ingresos propios y derechos laborales”, señaló.
Refirió que las mujeres —y en algunos casos los
hombres— que se retiran del mercado laboral para cuidar a sus hijos pierden
años de experiencia, capacitación y desarrollo profesional. En México, esto se
traduce en un empobrecimiento estructural de las mujeres en la vejez, muchas de
las cuales carecen de ingresos propios y dependen de redes familiares o de
apoyos públicos limitados.
Por ello, aseguró que la reforma permitiría
redefinir la noción de corresponsabilidad en el hogar, no desde una lógica de
dependencia, sino desde un enfoque de justicia distributiva que reconozca de
manera efectiva las aportaciones diferenciadas de cada integrante de la
familia.
Además, se garantizaría que, dentro de la dinámica familiar, quien asume la responsabilidad económica del sostenimiento del hogar lo haga sin que ello implique la subordinación económica del otro cónyuge. Al establecer un ingreso digno y propio para la persona cuidadora, se reconoce su contribución como esencial para la reproducción social y económica, al tiempo que se fortalece su capacidad de decisión, su independencia financiera y su acceso efectivo a otros derechos.



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