馃敇 Las autoridades universitarias en funciones no
podr谩n contender para el periodo inmediato y no aplicar谩 a ellos la ampliaci贸n
en el cargo que fue aprobada
Por Staff de Redacci贸n
CHILPANCINGO, Gro. (5/Noviembre/2025).- El Congreso
del Estado aprob贸 la reforma a la Ley Org谩nica de la Universidad Aut贸noma de
Guerrero (UAGro), para fortalecer la democracia interna, la alternancia, la
transparencia y la equidad en los procesos de elecci贸n de autoridades
universitarias, garantizando tambi茅n que estos cargos sean ejercidos de manera
temporal, bajo condiciones de igualdad y evitar su politizaci贸n.
El diputado P谩nfilo S谩nchez Almaz谩n, presidente de
la Comisi贸n de Educaci贸n, Ciencia y Tecnolog铆a, se帽al贸 que, si bien cierto que
con la reforma se incrementa el periodo de mandato a las autoridades
universitarias de 4 a 6 a帽os para el rector, para directores de unidades
acad茅micas y consejeros acad茅micos representantes del profesorado, y de 2 a 3
a帽os para consejeros representantes del estudiantado, tambi茅n se establece de
manera clara que la ampliaci贸n no ser谩 aplicable a las autoridades en
funciones, es decir, que deber谩n concluir su periodo en 2027 y no podr谩n ser
reelectos para el periodo inmediato.
Refiere, que la reforma es necesaria para que las
proyecciones a largo plazo no se vean “truncadas”, ya que la experiencia ha
demostrado que los periodos de cuatro a帽os son insuficientes para impulsar
proyectos universitarios de investigaci贸n, infraestructura y desarrollo
institucional, por lo que, es pertinente armonizarlos con los ciclos de la
administraci贸n p煤blica federal y estatal, generando as铆 una mayor coherencia,
adem谩s, de dar respuesta a diversas problem谩ticas de car谩cter acad茅mico,
administrativo y de planeaci贸n institucional, fortaleciendo la estabilidad y
excelencia acad茅mica de investigaci贸n y extensi贸n universitaria.
El legislador manifest贸 que la iniciativa
dictaminada fue presentada por la Gobernadora, Evelyn Salgado Pineda, basada en
la propuesta aprobada por el Honorable Consejo Universitario de la UAGro, la
cual le fue presentada por universitarias y universitarios que le hicieron
llegar para ser enviada al Congreso, con apego al procedimiento previsto en los
art铆culos 70 y 71 de su propia Ley Org谩nica.
Un punto relevante, dijo, es que “el documento
remitido al Congreso del Estado es producto de los trabajos desarrollados por
las Comisiones de Legislaci贸n Universitaria y de Reforma Universitaria de la
Universidad Aut贸noma de Guerrero, las cuales organizaron el Foro Estatal de
Consulta Legislativa Universitaria, celebrado el dos de septiembre de dos mil
veinticinco, con la participaci贸n de la comunidad estudiantil, acad茅mica y
directiva de las diversas unidades acad茅micas. Dicho proceso permiti贸 recabar
opiniones, sistematizar propuestas y alcanzar consensos que dotan de
legitimidad y pleno respaldo comunitario al documento que fue remitido al
Ejecutivo Estatal”.
La reforma a los art铆culos 28 y 29 de la Ley
Org谩nica de la Universidad Aut贸noma de Guerrero, establece que: El proceso de
elecci贸n, nombramiento, remoci贸n y revocaci贸n de mandato de las autoridades
universitarias y 贸rganos de gobierno, se sujetar谩 a lo establecido en la
presente Ley, el Estatuto y el Reglamento respectivo; la duraci贸n en el cargo
de las autoridades universitarias e integrantes de los 贸rganos de gobierno,
ser谩 de seis a帽os para las y los Consejeros Universitarios y Acad茅micos
electos, representantes del profesorado; la persona titular de la Rector铆a, y
titulares de las Direcciones de Unidades Acad茅micas; tres a帽os para las y los
Consejeros Universitarios y Acad茅micos electos, representantes del estudiantado
y que en ning煤n caso proceder谩 la reelecci贸n inmediata, adem谩s de que las
autoridades universitarias e integrantes de los 贸rganos de gobierno,
permanecer谩n en el ejercicio de sus funciones hasta que rindan protesta quienes
deban sustituirles.
Por su parte, los art铆culos Transitorios se帽alan
que entrar谩 en vigor al d铆a siguiente de su publicaci贸n en el Peri贸dico Oficial
del Gobierno del Estado de Guerrero, y ser谩 aplicable a partir de la elecci贸n
en 2027; la duraci贸n del cargo de las autoridades y 贸rganos de gobierno en
funciones, no se sujetar谩n a la ampliaci贸n de plazo que establece la presente
reforma, y que H. Consejo Universitario tendr谩 ciento ochenta d铆as naturales a
partir de la entrada en vigor para armonizar el estatuto, los reglamentos y
dem谩s disposiciones normativas que rigen a la UAGro.



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