Por Staff de Redacción
CHILPANCINGO, Gro. (6/Noviembre/2025).- La diputada
Erika Lorena Lührs Cortés (MC) propuso reformar la Ley de Movilidad y Seguridad
Vial del Estado de Guerrero para que el personal de la Policía de Tránsito y
Vialidad esté obligado a portar cámaras corporales y grabar el desarrollo de
operativos, con el objetivo de transparentar su actuación, prevenir actos de
corrupción y proteger los derechos humanos de las personas.
Al presentar esta propuesta, que se analiza en la
Comisión de Transportes, la legisladora señala que en los últimos años se ha
registrado un incremento significativo de denuncias ciudadanas por prácticas de
abuso y corrupción por parte de agentes de la policía vial de diferentes
municipios, como Acapulco.
Dijo que, según las mismas denuncias, hay agentes
viales que detienen arbitrariamente a las unidades con la finalidad de exigir
pagos indebidos por supuestas anomalías cometidas, y que estas prácticas no
sólo afectan la economía de los trabajadores del volante, configurando un patrón
sistemático de extorsión y corrupción.
Manifestó que, esta iniciativa también salvaguarda
a las y los agentes de tránsito y vialidad, para que no ser acusados por actos
que no cometieron.
“Actualmente el Estado mexicano ha asumido el
compromiso de erradicar toda forma de violencia y discriminación,
particularmente aquella motivada por razones de género, sin embargo, la
realidad muestra que las conductas abusivas no distinguen condición social,
sexo o edad. Si bien en muchos casos son las mujeres que enfrentan más actos
violentos e instructivos, también los señores han sido víctimas directas de
abusos”, indicó.
Señaló que la innovación tecnológica es una herramienta necesaria y estratégica para agilizar en el corto y mediano plazo la recuperación de la confianza ciudadana en las corporaciones responsables de la seguridad y de tránsito del estado y los municipios, por ello, propone el uso de dispositivos corporales de videograbación digitales, conocidos como cámaras corporales o Body Cams, que constituye una alternativa viable que garantice de manera objetiva y transparente el desempeño de las funciones que ejercen las y los elementos de la seguridad vial del orden estatal y municipal.
Por eso, propone reformar y adicionar los párrafos segundo y tercero del Artículo 54 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado.



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