馃敇 El objetivo es que los habitantes tengan acceso a
una justicia pronta y equitativa
Por Staff de Redacci贸n
CHILPANCINGO, Gro. (17/Octubre/2025).- La diputada
Ma. Guadalupe Eguiluz Bautista (Morena) propuso una iniciativa por la que se
reforman los p谩rrafos Segundo, Quinto y Decimocuarto del Art铆culo 8 de la Ley
Org谩nica del Poder Judicial del Estado Libre y Soberano de Guerrero, con la
intenci贸n de incorporar a los municipios de 脩uu Savi, San Nicol谩s, Santa Cruz
del Rinc贸n y Las Vigas en la estructura judicial estatal, garantizando su
adecuada integraci贸n en los distritos judiciales correspondientes y asegurando
a sus habitantes el acceso a una justicia pronta y equitativa.
En su propuesta, que analiza la Comisi贸n de
Justicia, la legisladora puntualiza que en el a帽o 2021 la LXII Legislatura
aprob贸 la creaci贸n de los cuatro nuevos municipios, mismos que fueron
publicados en el Peri贸dico Oficial del Gobierno del Estado, adicionando al
art铆culo 27 de la Constituci贸n Pol铆tica del Estado de Guerrero, conforme al
orden alfab茅tico le corresponda.
Dijo que al Poder Judicial del Estado de Guerrero
es a quien corresponde interpretar y aplicar las leyes en asuntos civiles,
familiares, laborales, penales, del fuero com煤n y en materia de justicia para
adolescentes, y garantizar el derecho a una efectiva impartici贸n de justicia en
materia civil, penal, familiar, laboral y para adolescentes por medio de
magistrados y jueces independientes, imparciales, especializados y
profesionales, por lo que la creaci贸n de los nuevos municipios demanda una
actualizaci贸n en la organizaci贸n de los distritos judiciales.
“La inclusi贸n de las municipalidades de 脩uu Savi,
San Nicol谩s, Santa Cruz del Rinc贸n y Las Vigas en la Ley Org谩nica del Poder
Judicial del Estado de Gurrero permitir谩 que estos municipios cuenten con
representaci贸n judicial adecuada, asegurando que sus habitantes tengan acceso a
una justicia pronta y efectiva, tal como lo requiere la Constituci贸n”, apunt贸
la diputada.
En ese sentido, propone dicha reforma para
actualizar los p谩rrafos segundo, quinto y decimocuarto del Art铆culo 8 de la Ley
Org谩nica del Poder Judicial, lo que permitir谩 que los nuevos municipios sean
integrados correctamente en el sistema judicial del estado, conforme a su
ubicaci贸n geogr谩fica y necesidades espec铆ficas.
Con esto, a帽ade Eguiluz Bautista, se optimiza la administraci贸n de justicia y evita la sobrecarga en los distritos judiciales existentes, promoviendo una distribuci贸n equitativa de los casos.
Adem谩s, dijo que la adecuaci贸n de los distritos judiciales a la nueva configuraci贸n municipal facilita una administraci贸n m谩s eficiente de los recursos judiciales. Al reflejar las modificaciones municipales en la estructura judicial, se mejora la capacidad de respuesta del sistema judicial a las demandas de justicia en las nuevas localidades.



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