馃敇 Busca sanciones m谩s severas para delitos digitales y f铆sicos, con agravantes para v铆ctimas vulnerables y servidores p煤blicos
Por Staff de Redacci贸n
CHILPANCINGO, Gro., (06 /Octubre/2025). - La diputada Gloria Citlali Calixto Jim茅nez present贸 una iniciativa al C贸digo Penal del Estado para actualizar y endurecer las sanciones contra la falsificaci贸n, alteraci贸n o uso indebido de documentos f铆sicos y digitales, incluyendo aquellos generados mediante herramientas tecnol贸gicas o Inteligencia Artificial, as铆 como establecer agravantes cuando las v铆ctimas sean personas en situaci贸n de vulnerabilidad o cuando el hecho sea cometido por servidores p煤blicos.
Al exponer la propuesta de iniciativa de reforma dijo que se busca atender una problem谩tica creciente en la sociedad: la falsificaci贸n de documentos digitales, derivada del uso masivo de las tecnolog铆as de la informaci贸n y de la Inteligencia Artificial, que ha facilitado la creaci贸n o alteraci贸n de archivos oficiales, identificaciones y otros documentos con fines fraudulentos.
Inform贸 que actualmente el C贸digo Penal contempla delitos digitales y de falsificaci贸n de documentos, pero sin una armonizaci贸n adecuada de las penas. Por ello, propuso reformar los art铆culos 349 y 350 del C贸digo Penal del Estado de Guerrero para precisar las conductas delictivas y establecer sanciones m谩s severas.
Inform贸 que en el art铆culo 349 se plantea imponer de cuatro a ocho a帽os de prisi贸n y de cien a mil d铆as de multa a quien falsifique o altere un documento p煤blico o privado, utilizando cualquier medio f铆sico, t茅cnico o tecnol贸gico.
Mientras que en el art铆culo 350 se propone sancionar con uno a diez a帽os de prisi贸n y de cien a cinco mil d铆as de multa a quien produzca, edite o falsifique archivos digitales, incluyendo im谩genes, audios, textos o documentos generados con herramientas de Inteligencia Artificial.
Asimismo, se propone aumentar las penas cuando el responsable sea servidor p煤blico o tenga conocimientos especializados en tecnolog铆as de la informaci贸n, o si la v铆ctima es ni帽a, ni帽o, adolescente, mujer ind铆gena o rural, persona adulta mayor o con discapacidad.
Finalmente, la legisladora subray贸 que las leyes deben evolucionar al ritmo de los avances tecnol贸gicos, y que tipificar con mayor claridad la falsificaci贸n de documentos digitales es una medida necesaria para proteger la seguridad de las personas en la era digital.
La iniciativa fue turnada a la Comisi贸n de Justicia para continuar con su tr谩mite legislativo.
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