馃敇 La reforma al C贸digo Penal contribuye a erradicar el matrimonio infantil y evitar que personas vulnerables sean v铆ctimas de relaciones obligadas
Por Staff de Redacci贸n
CHILPANCINGO, Gro. (03/Abril/2025).- Para
tipificar el delito de cohabitaci贸n forzada, imponiendo penas de cinco a 15
a帽os de prisi贸n para quien obligue a vivir en una relaci贸n equiparable al
matrimonio, el Congreso del Estado de Guerreo aprob贸 adicionar un cuarto p谩rrafo al art铆culo 177
Bis del C贸digo Penal del Estado de Guerrero.
En el dictamen, derivado de una
propuesta de la diputada Araceli Ocampo Manzanares, tambi茅n se aprob贸
establecer de tres a 10 a帽os de prisi贸n para quien gestione o se beneficie de
este delito, si el responsable es familiar de la v铆ctima la pena aumenta en un
tercio y si la v铆ctima pertenece a una comunidad ind铆gena o afromexicana, la
sanci贸n se incrementa hasta en una mitad.
Al fundamentar el dictamen, la
secretaria de la Comisi贸n de Justicia, diputada Erika Lorena L眉hrs Cort茅s,
destac贸 que el prop贸sito de esta modificaci贸n es para erradicar el matrimonio
infantil y garantizar el pleno desarrollo de las ni帽as, ni帽os y adolescentes.
Se帽al贸 que al aprobar estas reformas y
prohibir la cohabitaci贸n forzada y el matrimonio infantil, se est谩 protegiendo
a las ni帽as, ni帽os y adolescentes, porque ahora se contar谩 con sanciones
ejemplares.
Asimismo, dijo que al establecer una mayor penalidad cuando la v铆ctima perteneciera a alg煤n pueblo o comunidad ind铆gena o afromexicana, se est谩 procurando que a las ni帽as no se les vulneren sus derechos a la salud, educaci贸n y a la libertad de una vida digna libre de violencia, porque de acuerdo con las estad铆sticas del INEGI, en M茅xico existen m谩s de 27 mil ind铆genas adolescentes entre 12 y 17 a帽os de edad que encuentran casadas o unidas en matrimonio, representando el 7.5 por ciento de las adolescentes ind铆genas en el pa铆s.
La diputada expres贸 que por esta situaci贸n que afecta el futuro de miles de ni帽as, imposibilitando su educaci贸n futura, coaccionando su voluntad y derecho al libre desarrollo de la personalidad, era necesario hacer estas modificaciones para proteger a las ni帽as, ni帽os y adolescentes guerrerenses.
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