馃敇 La diputada Nora Vel谩zquez enfatiz贸 que el
estado est谩 obligado a garantizar este derecho, procurando que el vital l铆quido
sea distribuido de forma equitativa
Por Staff de Redacci贸n
CHILPANCINGO, GRO., (13/Agosto/2023). - La diputada Nora Vel谩zquez Mart铆nez present贸 una iniciativa de reforma a la Constituci贸n Pol铆tica local para establecer la obligaci贸n del Estado de brindar el servicio de agua potable como un derecho humano, estableciendo la preferencia en el servicio a los hogares sobre los negocios u otros usos.
Al presentar su propuesta en la sesi贸n de la Comisi贸n Permanente de este mi茅rcoles, la diputada de Morena resalt贸 que el agua es un derecho humano y un recurso natural indispensable para todas las actividades humanas -agr铆colas, pesqueras, dom茅sticas, industriales y otras-, por lo cual es importante dise帽ar pol铆ticas, planes y proyectos hidr谩ulicos que permitan disponer del recurso y racionarlo de manera sustentable, evitando su privatizaci贸n y el lucro.
Agreg贸 que el Estado est谩 obligado a garantizar este derecho bajo los t茅rminos que la Ley Reglamentaria indica, procurando que el vital l铆quido sea distribuido de forma equitativa, basado en los principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad, racionalidad, autogesti贸n y sustentabilidad, acciones que no solo competen al estado, sino que requieren de la participaci贸n de los municipios y las comunidades como principales gestores, as铆 como a la propia federaci贸n.
Por lo anterior, la tambi茅n presidenta de la Comisi贸n del Agua, Infraestructura y Recursos Hidr谩ulicos hizo un llamado a sus hom贸logos para que, de manera responsable y con sentido humano, analicen la reforma en comento para que toda persona tenga derecho a disfrutar del agua para consumo personal y dom茅stico en forma suficiente, salubre y gratuita, y as铆 dar cumplimiento a lo estipulado en la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales suscritos por el Estado Mexicano.
Adem谩s, enfatiza que la participaci贸n social deba de sustentarse en esquemas comunitarios que involucren la responsabilidad y decisi贸n de la colectividad; y, por 煤ltimo, se establece que el servicio p煤blico, dada la importancia de garantizar un derecho humano fundamental, no puede ser objeto de privatizaci贸n y que la gesti贸n del agua ser谩 p煤blica y sin fines de lucro.
La propuesta fue turnada a la Comisi贸n de Estudios Constitucionales y
Jur铆dicos para su an谩lisis y dictaminaci贸n correspondientes.
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