Propone Diputado reforma para asegurar pensi贸n a magistrados del Tribunal Superior de Justicia. - Libertad Guerrero Noticias

Propone Diputado reforma para asegurar pensi贸n a magistrados del Tribunal Superior de Justicia.

 馃敇 Iniciativa busca establecer un marco legal que asegure una remuneraci贸n al t茅rmino del servicio, sin afectar su ejercicio profesional

Por Staff de Redacci贸n

CHILPANCINGO, GRO., (24/Mayo/2023).- El diputado Bernardo Ortega Jim茅nez present贸 una iniciativa de reforma a la Ley Org谩nica del Poder Judicial del Estado para que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, al retirarse de manera voluntaria o forzosa, tengan derecho a un haber de retiro, con excepci贸n de quienes sean privados de su cargo en forma definitiva por sanciones dispuestas en la Constituci贸n Pol铆tica del Estado, la Ley Org谩nica del Poder Judicial y la Ley de Responsabilidades de los Servidores P煤blicos.

En su exposici贸n de motivos, el diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRD refiri贸 que la remuneraci贸n constitucional a que tiene derecho todo trabajador o empleado del servicio p煤blico est谩 determinada en el art铆culo 127 de nuestra Carta Magna, as铆 como la especificaci贸n de que esta debe estar contemplada en el Presupuesto de Egresos correspondiente, diferenci谩ndose del haber de retiro, lo que significa que este queda a libre configuraci贸n de las legislaturas locales cuando se trata -como en el presente caso- de los magistrados del Poder Judicial del Estado.

En ese sentido, cit贸 que actualmente el art铆culo 99, numeral 4 de la Constituci贸n Pol铆tica del Estado establece que “en caso de retiro forzoso o voluntario, enfermedad o vejez, los magistrados y jueces tendr谩n derecho a un haber de retiro por los servicios prestados al Estado, en los t茅rminos que disponga la Ley Org谩nica”.

Asimismo, cit贸 que la Ley Org谩nica del Poder Judicial del Estado establece en su art铆culo 71 que “los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, al retirarse, tendr谩n derecho a un haber de retiro de car谩cter vitalicio equivalente al cien por ciento durante los dos primeros a帽os y al setenta por ciento del ingreso mensual que corresponda durante el resto del tiempo”.

El legislador manifest贸 que estos criterios se adecuan a la situaci贸n que prevalece en el Poder Judicial del Estado de Guerrero, dado que los magistrados son nombrados en un primer t茅rmino por un periodo de siete a帽os, con la posibilidad de ser ratificados por un periodo m谩s de 8 a帽os improrrogables, sin existir disposici贸n que les proh铆ba ejercer la profesi贸n una vez culminado el encargo; es decir, las personas que hayan ejercido el cargo de magistrado est谩n facultadas para continuar con su vida profesional, de ah铆 que el cambio de la disposici贸n vitalicia del haber de retiro no conlleva a una afectaci贸n en la esfera de quienes ejerzan dicha encomienda, y s铆 se establece con mayor especificidad su aplicaci贸n.

Esta iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Org谩nica del Poder Judicial del Estado fue turnada a la Comisi贸n de Justicia para su an谩lisis y dictaminaci贸n.


Edici贸n: Yair B.

Libertad Guerrero Noticias, peri贸dico online editado desde el puerto de Acapulco, Guerrero, M茅xico, bajo la direcci贸n del periodista Francisco C谩rdenas L贸pez (Fracalo). Contacto: fracalo2001@yahoo.com.mx

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