>>Propone diputada limitar por ley la contratación de parientes por consanguinidad, afinidad o
vínculo marital
Por
Staff de Redacción
CHILPANCINGO,
GRO. (18/Mayo/2022).- La diputada Jessica Alejo Rayo propuso adicionar la Ley
de Responsabilidades Administrativas del Estado para incluir el término
“nepotismo”, definiéndolo como la persona servidora pública que, valiéndose de
las atribuciones o facultades de su empleo o cargo, nombre o contrate a
personas con las que tiene parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado,
de afinidad hasta el segundo grado o vínculo de matrimonio o concubinato.
Al
presentar dicha propuesta la legisladora señala que la expresión nepotismo
implica “nombrar a miembros de familia” en cargos públicos, dejando de lado la
selección de personas evaluadas por sus méritos, conocimientos y experiencias,
lo que se puede considerar también como una forma de corrupción.
Manifestó
que la Ley Federal de Austeridad Republicana señala que el “nepotismo” es la
designación, otorgamiento de nombramiento o contratación que realice un
servidor público de personas con las que tenga lazos de parentesco por
consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado, o
vínculo de matrimonio o concubinato para que preste sus servicios en la misma
institución, dependencia o ente público en que éste laborando.
Sin
embargo, indicó que esta práctica en el país no se castiga, pero hay delitos
tipificados que se relacionan a esta actividad indirectamente, como el caso de
“abuso de autoridad” cuando se trata de “contratar o autorizar la contratación
de alguien que esté inhabilitado en el servicio público o para participar en
adquisiciones u obras públicas”.
Añadió
que en México y en Guerrero el “nepotismo” se ha practicado por mucho tiempo
sin ninguna dificultad, al grado de existir familias que dirigen por décadas
instituciones gubernamentales y partidos políticos, y sigue estando presente en
las tres esferas de gobierno, imperando así en la cultura política de la
administración pública en su más amplia acepción.
Por
todo lo anterior, Alejo Rayo considera que es necesario que en Guerrero se
legisle sobre el nepotismo en la Ley de Responsabilidades Administrativas del
Estado de Guerrero, puesto que, si esto no sucede, la administración pública
estatal no tendrá progresos de normas significativas sin las adecuaciones de
sus leyes.
La iniciativa de adición al artículo 61 bis del citado ordenamiento plantea estipular que el “nepotismo” lo comete toda aquella persona servidora pública que, valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente designe, nombre o intervenga para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios a personas con las que tiene parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado o vínculo de matrimonio o concubinato, misma que se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis y emisión del dictamen correspondiente.
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