>>Comunidades
indígenas y afromexicanas ahora tienen podrán determinar libremente su
condición política, desarrollo económico, social y cultural, sin injerencia
externa
Por
Staff de Redacción
CHILPANCINGO,
GRO. (24/Mayo/2022).- El Pleno de la LXIII Legislatura aprobó reformas y
adiciones a la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y
Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Guerrero, con lo que se
garantiza el derecho de dichas comunidades a la libre determinación y autonomía
para decidir sus formas internas de convivencia y organización social,
económica, política y cultural, y establece una estricta coordinación entre los
Sistemas de Seguridad Comunitaria Indígena y Afromexicana y el de Seguridad
Pública Estatal.
Al
fundamentar el dictamen en su calidad de integrante de la Comisión de Estudios
Constitucionales y Jurídicos, la diputada Leticia Mosso Hernández destacó que
todos los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos tienen el derecho de
libre determinación; es decir, que determinan libremente su condición política
y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural, sin
injerencia externa, y que el Estado tiene el deber de respetar este derecho.
Asimismo,
se establece el respeto a los principios de consentimiento libre, previo e
informado, y que no exista coacción, intimidación o manipulación; que el
consentimiento haya sido buscado con suficiente antelación a cualquier
autorización o inicio de actividades; que se muestre respeto por los requisitos
de tiempo de los procesos indígenas de consulta/consenso, y que se suministre
información plena y comprensible con respecto al impacto probable.
Señala,
además, que la participación de los pueblos indígenas puede ser a través de sus
autoridades tradicionales o de una organización representativa, y contempla el
reconocimiento formal de las instituciones tradicionales, sistemas internos de
justicia, resolución de conflictos y modos de organización sociopolítica; es
decir, se reconoce el derecho de los pueblos indígenas a definir y perseguir
libremente su desarrollo económico, social y cultural.
Sobre
el reconocimiento de la integración pluricultural, pluriétnica y
plurilingüística del estado, Mosso Hernández destacó que éste es un derecho de
los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas que urge sea plasmado en
nuestro marco normativo estatal, reconocimiento que debe estar acompañado de la
garantía por parte del Estado a su autonomía y libre determinación.
En
relación a la seguridad pública, aseguró que el marco constitucional establece
una facultad exclusiva de la Federación, los Estados y los Municipios; sin
embargo, dicha potestad en estados como Guerrero, donde su población está
conformada por diversos grupos étnicos, convergen distintos usos y costumbres y
sus métodos tradicionales de solución de conflictos pueden no estar
comprendidos en el marco legal, hacen necesaria la creación de leyes especiales
que regulen estas características de organización de los pueblos y comunidades
indígenas y afromexicanas, para no trastocar sus instituciones, pero sobre todo
la forma de toma de decisiones.
Finalmente, mencionó que este dictamen no es producto de la casualidad, sino el resultado de un proceso de Consulta que respetó en todo momento las normas internacionales, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y lo dispuesto por el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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