>>Te presentamos
los puntos más importantes sobre la Ley Minera que ha propuesto AMLO tras el
rechazo a la Reforma Eléctrica
Fuente: Agencias
CIUDAD DE MÉXICO (19/Abril/2022).- Para ordenar la nacionalización del litio y considerarlo un
bien de la nación, el presidente Andrés Manuel López Obrador propuso a la
Cámara de Diputados reformar los artículos 1, 5, 9 y 10 de la actual ley
minera, reglamentaria del artículo 27 de la Constitución federal.
La
noche del domingo, la Cámara de Diputados rechazó la propuesta de reforma
eléctrica. Antes de que esto ocurriera, el presidente López Obrador envió al
Congreso una nueva iniciativa de reforma a la Ley minera, con el fin de
rescatar la propuesta de nacionalizar el litio.
Se
prevé que la iniciativa sea discutida y votada este mismo lunes en el Pleno de
la Cámara baja en fast track, es decir, se dispensa la discusión del documento
en comisiones.
En
el primer artículo, la nueva iniciativa propone que “la exploración,
explotación y aprovechamiento del litio quedará a cargo de un organismo público
descentralizado que se creará en términos del artículo 10 de la presente Ley”.
En
el artículo 5 se establece que “se declara de utilidad pública la exploración,
explotación y aprovechamiento del litio, por lo que no se otorgarán concesiones,
licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones en la materia.
Serán consideradas zonas de reserva minera aquellas en que haya yacimientos de
litio”.
Resalta,
en el mismo artículo, que “se reconoce que el litio es patrimonio de la nación
y sus exploración, explotación y aprovechamiento se reserva para el beneficio
exclusivo del pueblo de México”.
Añade que las cadenas de valor económico del litio serán administradas y controladas por la nación, a través del organismo público.
Además,
se indica que el Estado tiene a su cargo proteger y garantizar la salud de la
población mexicana, del medio ambiente, y de los derechos de pueblos
originarios ante la explotación del litio.
En
el artículo 9 se propone que el Servicio Geológico Mexicano auxiliará al
organismo descentralizado para ubicar y reconocer áreas geológicas en las que
existan reservas probables del litio.
El
artículo 10 precisa que el nuevo organismo público a crear para operar el litio
se hará “como lo determine el Ejecutivo, en términos de las disposiciones
aplicables”.
Asimismo,
el tercer artículo transitorio establece que el presidente de México tendrá que
emitir, dentro de los noventa días hábiles posteriores a la entrada en vigor
del decreto, un instrumento de creación del organismo público descentralizado.
“Las
erogaciones que se generen (…), incluyendo la creación del organismo, se
cubrirán mediante movimientos compensados, con cargo al presupuesto de la
dependencia que asuma las funciones de coordinación sectorial del citado
organismo (…), por lo que no se autorizarán ampliaciones al presupuesto del
ramo correspondiente para el presente ejercicio fiscal para estos efectos”,
señala el proyecto.
Minería en México
La
Secretaría de Economía es la dependencia encargada de administrar los temas
vinculados con la minería, sin embargo, el organigrama para llevar a cabo estas
actividades cada vez se ha hecho más pequeño.
El
31 de agosto de 2020, el Gobierno de México ‘desapareció’ a la subsecretaría de
minería del organigrama de la Secretaría de Economía, debido a medidas
austeridad y racionalidad administrativa.
En
aquel entonces, se afirmó que la desaparición de esta subsecretaría no
afectaría las atribuciones, facultades y trabajos que la Secretaría de Economía
lleva a cabo en materia de minería, ya que sus funciones se seguirían llevando
a cabo a través de la dirección general de Minas, la dirección general del
Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera y la dirección general
de Desarrollo Minero.
Con información tomada de El Financiero
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