❍ Los corruptores de menores han modificado páginas
y perfiles de sus cuentas en la red social; alcanzarían penas de hasta 25 años de
cárcel por los delitos cometidos.
ACAPULCO ► La red
de pedófilos y corruptores de menores, integrada por maestros, trabajadores del
gobierno estatal y comerciantes, pretenden burlar la acción de la justicia
apostando a la indiferencia de las autoridades en este caso que, como era de
esperarse, prendió focos de alarma entre los padres de familia que han
comenzado a organizarse para exigir a las autoridades investigar a los integrantes
de la cofradía.
La cuenta de
Facebook “Eladio Wilson (Kompita)”, que sirvió como epicentro para enganchar a
los adolescentes, ha sido desactivada y su creador, Eladio González también cambió
el nombre de usuario en su cuenta personal por Armando Barrios, pero borró todas
las fotografías y conversaciones comprometedoras, y en su foto de perfil quitó
el símbolo de los pederastas y colocó una imagen de San Judas Tadeo.
El resto de
los adultos integrantes de la red también modificaron sus perfiles en la red
social, aunque no han perdido contacto con los menores, de acuerdo con versiones
de algunos padres de familia que detectaron a sus hijos en esa comunidad, revelaron
que también existen grupos de WhatsApp donde corren invitaciones para
albercadas, salidas a discotecas y bares. Como administrador de uno de esos
grupos también aparece Eladio González.
Roberto
Salinas Vázquez, profesor de la secundaria Técnica 191 de Balcones de Costa
Azul, en Acapulco, fue el primero en eliminar todas sus publicaciones, incluida
foto de perfil y portada, aunque siguen activas otras dos cuentas a su nombre
donde aparecen sus fotografías, pero no registran actividad, una desde mayo
2015, y en la otra muestra la última publicación de mayo 2016.
El maestro de
la escuela primaria “Juan Álvarez” del municipio de Ayutla, y del Colegio de
Bachilleres de la comunidad de Buena Vista de Allende, municipio de Tecoanapa —ambos
de la Costa Chica—, José Mendoza Hernández, aparecía con el usuario “PePe
Mendoza Hernández”, después se hizo llamar “Paris D Noche”, pero desactivó su cuenta
en la red social este viernes 9 de diciembre, después del medio día.
Jesús Galindo
también eliminó de su muro toda evidencia de sus encuentros con jovencitos en
Acapulco, dejando únicamente su fotografía de perfil. Este sujeto es otro
maestro con plaza en una primaria de Copala, el municipio con población afromexicana
en la Costa Chica.
Alejandro
Camacho Victoriano, empleado de la Administración Fiscal de Ometepec,
dependiente del gobierno del estado, es otro personaje que detectamos con
actividad constante en el grupo de pedófilos, aunque él negó conocer a los
integrantes de la misma, pero las evidencias demuestran que miente y pretende
victimizarse ante sus amistades con influencias políticas, la mayoría con
militancia en PRI y PRD.
Camacho envió
un mensaje a Libertad Guerrero Noticias y realizó comentarios en nuestras
publicaciones en Facebook alegando que es víctima de calumnias, por ello fue
invitado por nuestros colaboradores a presentar formal denuncia ante las
autoridades federales o estatales, lo cual ayudaría a agilizar las
investigaciones para desmembrar a esta red de enfermos sexuales que representa un
peligro para la juventud.
Otro más que aparentemente
“desaparecieron” de Facebook, son el comerciante de la plaza de la Tecnología
de Acapulco, Luis Ricardo Gallegos Blanco, y Ramces Isidro Pacheco, el
trabajador de la refinería de Pemex en Tula, Hidalgo, quien realizaba visitas
al puerto para sostener encuentros sexuales con jovencitos que le presentaba
Eladio Wilson Kompita, quien también es conocido como Eladio González o Armando
Barrios.
Todos los
sujetos citados han sostenido encuentros con jovencitos de secundarias
generales y técnicas, así como preparatorias de la Universidad Autónoma de Guerrero
(UAGro) de Costa Chica, Acapulco y Costa Grande. Libertad Guerrero Noticias
cuenta con fotografías y comentarios que se publicaron en páginas y perfiles
creados por los involucrados para contactar jovencitos menores de edad para
satisfacer sus bajos instintos.
Hay versiones
que indican la existencia de otro sujeto que utiliza al vendedor de tamales,
Eladio González o Armando Barrios, para encubrir la actividad criminal del
grupo para el tráfico sexual y la producción de pornografía con menores de edad
en fotografía y video.
Padres de familia en alerta
El viernes 2
de diciembre integrantes del equipo de Libertad Guerrero Noticias asistieron a
una reunión convocada por padres de familia y tutores de varios alumnos para
analizar este caso, preocupados varios de los asistentes porque descubrieron en
teléfonos y computadoras de sus hijos que han tenido contacto con los presuntos
pedófilos.
Los asistentes
proponen no publicar nombres para no alertar a los presuntos delincuentes
sexuales, toda vez que han sido enganchados alumnos de un centenar de escuelas de
secundaria y bachillerato, pues uno de los presentes es abogado y considera que
es fundamental para el avance de las investigaciones judiciales mantener esa
información en reserva.
Entre los
presentes se encontraba una prefecta que dijo haber advertido al cuerpo
directivo y docente de la existencia de varias páginas que buscaban a los
alumnos para proponerles encuentros sexuales a cambio de regalos económicos,
visitas a tiendas de ropa, zapatos y salidas a bares de la Costera Miguel
Alemán.
“Son muchos
alumnos que hablan de un tal compita, así como aparece en los perfiles que
ustedes han sacado, pero ahora que sabemos que hay maestros involucrados creo
que la situación es muy grave y es necesario que las autoridades intervengan
para investigar y aplicar las sanciones correspondientes”, dijo.
Según el testimonio
de una madre de familia, su hijo le aseguró que no ha tenido contacto directo
con los que se mencionan, aunque él forma parte de la comunidad a sugerencia de
un compañero, pero sí ha sido acosado constantemente a través del chat por el
usuario PePe Mendoza.
“Cuando advertí
el peligro le quité el celular a mi hijo y le prohibimos el acceso a la
computadora, yo misma respondí una ocasión uno de los mensajes”, dijo a la vez
que mostró el Smartphone y en ese momento se le sugirió realizar las capturas
de pantalla.
Por acuerdo
de los más de 20 asistentes a esta reunión celebrada en un café de conocido
centro comercial del puerto, se estableció la necesidad de contactar a los
presidentes de los comités de padres de familia de secundarias generales y
técnicas, para solicitar a las autoridades que investiguen a los presuntos
pedófilos y corruptores de menores.
Libertad
Guerrero Noticias se comprometió en aportar las capturas de pantalla de las
páginas y perfiles en caso que sean requeridos por las autoridades de la
Fiscalía General del Estado (FGE) o de la Procuraduría General de la República
(PGR) en las investigaciones del caso.
Las penalidades
Por los
delitos de corrupción de personas menores de 18 años de edad, trata de personas,
provocación o apología de delitos contra la dignidad humana y pederastia, el
Código Penal Federal establece lo siguiente:
CAPITULO VI
Lenocinio y Trata de Personas.
Artículo.
206.- El lenocinio se sancionará con prisión de dos a nueve años y de cincuenta
a quinientos días multa.
Artículo 206
BIS.- Comete el delito de lenocinio:
I.- Toda
persona que explote el cuerpo de otra por medio del comercio carnal, se
mantenga de este comercio u obtenga de él un lucro cualquiera;
II.- Al que
induzca o solicite a una persona para que con otra, comercie sexualmente con su
cuerpo o le facilite los medios para que se entregue a la prostitución, y
III.- Al que
regentee, administre o sostenga directa o indirectamente, prostíbulos, casas de
cita o lugares de concurrencia expresamente dedicados a explotar la
prostitución, u obtenga cualquier beneficio
con sus
productos.
Artículo 207.
Derogado.
CAPÍTULO VII
Provocación de un Delito y Apología de
éste o de algún Vicio y de la Omisión de impedir un Delito que atente contra el
Libre Desarrollo de la Personalidad, la Dignidad Humana o la Integridad Física
o Mental.
Artículo
208.- Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de
éste o de algún vicio, se le aplicarán de diez a ciento ochenta jornadas de
trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecutare; en caso
contrario se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación
en el delito cometido.
Artículo
209.- El que pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio
o ajeno, no impidiere la comisión de uno de los delitos contemplados en el
Título VIII, Libro Segundo, de este Código o en la Ley Federal para Prevenir y
Sancionar la Trata de Personas se le impondrá la pena de seis meses a tres años
de prisión y de cincuenta a doscientos días multa.
Las mismas
penas se impondrán a quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus
agentes para que impidan un delito de los contemplados en el párrafo anterior y
de cuya próxima comisión tenga noticia.
Dichas penas
se impondrán a las personas relacionadas o adscritas a cualquier institución, asociación,
organización o agrupación de carácter religioso, cultural, deportivo,
educativo, recreativo o de cualquier índole y tengan conocimiento de la
comisión de los delitos a que se refiere el primer párrafo del presente
artículo, cuando no informen a la autoridad competente o protejan a la persona
que lo cometa, ya sea escondiéndola, cambiándola de sede o de cualquier otra
forma le brinde protección.
CAPÍTULO VIII
Pederastia
Artículo 209
Bis.- Se aplicará de nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos
cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, a quien se aproveche de la
confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho
años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o
custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o
de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier
acto sexual, con o sin su consentimiento.
La misma pena
se aplicará a quien cometa la conducta descrita del párrafo anterior, en contra
de la persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho
o para resistirlo.
Si el agente
hace uso de violencia física, las penas se aumentarán en una mitad más.
El autor del
delito podrá ser sujeto a tratamiento médico integral el tiempo que se
requiera, mismo que no podrá exceder el tiempo que dure la pena de prisión
impuesta.
Además de las
anteriores penas, el autor del delito perderá, en su caso, la patria potestad,
la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el derecho que
pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la
legislación civil.
Cuando el
delito fuere cometido por un servidor público o un profesionista en ejercicio
de sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena de prisión antes
señalada, será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o
profesión por un término igual a la pena impuesta.
Artículo 209
Ter.- Para efecto de determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la
personalidad de la víctima, se deberán solicitar los dictámenes necesarios para
conocer su afectación. En caso de incumplimiento a la presente disposición por
parte del Ministerio Público, éste será sancionado en los términos del presente
Código y de la legislación aplicable.
En los casos
en que el sentenciado se niegue o no pueda garantizar la atención médica,
psicológica o de la especialidad que requiera, el Estado deberá proporcionar
esos servicios a la víctima.
Sobre estos mismos delitos, el Código
Penal del Estado de Guerrero, establece lo siguiente:
Capítulo II
Pornografía y turismo sexual de
personas menores de edad o de quienes no tienen capacidad para comprender el
significado del hecho.
Artículo 173.
Pornografía de personas menores de edad Comete el delito de pornografía de
personas menores de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender
el significado del hecho:
I.-Quien
induzca, procure, facilite o permita por cualquier medio a persona menor de
edad o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a
realizar actos de índole sexual o de exhibicionismo corporal, reales o
simulados, con el fin de grabarlos, audiograbarlos, videograbarlos,
fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios
impresos, sistemas de cómputo, medios electrónicos o de cualquier otra
naturaleza, independientemente de que se logre la finalidad;
II.- Quien
fije, grabe, audio-grabe, videograbe, fotografíe, filme o describa actos de
exhibicionismo corporal, reales o simulados, de índole sexual, en los que
participe una persona menor de edad o que no tenga capacidad para comprender el
significado del hecho;
III.- Quien
posea, reproduzca, ofrezca, almacene, distribuya, venda, compre, rente,
exponga, publique, publicite, transmita, importe, o exporte por cualquier medio
las grabaciones, audiograbaciones, videograbaciones, fotografías, filmes o
descripciones a que se refieren las conductas descritas en la fracción II de
este artículo, y
IV.- Quien
financie cualquiera de las actividades descritas en las fracciones anteriores.
Se impondrá pena de seis a diez años de prisión y de seiscientos a mil días
multa, al sujeto activo de los delitos previstos en las fracciones I y II. Se
impondrá pena de ocho a doce años de prisión y de ochocientos a mil doscientos
mil días multa, al autor de los delitos previstos en las fracciones III y IV.
En todos los casos se decomisarán los instrumentos del delito.
La propuesta
aprobada el pasado 3 de noviembre por el Congreso de Guerrero, aprobó la
incorporación del delito de pederastia en el Código Penal, estableciendo que
quien manipule, amenace, obligue, induzca o convenza a un menor de dieciocho
años de edad a ejecutar cualquier acto sexual o conducta sexual indebida con o
sin su consentimiento, se le aplicará de 9 a 25 de prisión y de 750 a 2 mil 250
días de multa.
“La misma
pena se impondrá a quien se aproveche de la confianza, subordinación o
superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho años, derivada de su parentesco
en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente,
religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole, y
ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual con o sin
su consentimiento”.
Mutis de las autoridades
Las
autoridades educativas de la Secretaría de Educación Guerrero (SEG), Universidad
Autónoma de Guerrero (UAGro) y la Fiscalía General el Estado (FGE) no han atendido
este caso con la seriedad que se requiere, como desean los padres de
estudiantes que han sido enganchados, considerando que, además de problemas de
drogadicción, el asunto representa grave riesgo de salud por posibles enfermedades
de transmisión sexual entre la comunidad estudiantil.
En la tercera
entrega publicaremos la postura de los responsables funcionarios de la
educación y directivos de secundarias, así como de la universidad guerrerense
que además enfrenta graves problemas de inseguridad al interior de sus
planteles por la conformación de pandillas juveniles.
En el caso de
la Fiscalía, estamos a la espera de que los encargados de prensa y relaciones
públicas abran un espacio en la apretada agenda del titular, Xavier Olea
Peláez.
Hasta el
momento únicamente la Policía Federal mostro interés por atender este caso,
situación que ha generado confianza en los padres de familia quienes están dispuestos
a ofrecer una conferencia de prensa si no hay avances al regreso del periodo
vacacional, en tanto continúan estableciendo contacto con papás de otros
menores para reunir las pruebas necesarias contra los integrantes de la red de
pedófilos y corruptores de menores.
Por Staff de Redacción
Diciembre/09/2016
www.libertadguerrero.net
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