❍ Se reducirán trámites burocráticos para que
ascendientes de trabajadores fallecidos accedan al beneficio, según la Comisión
de Seguridad Social
ACAPULCO
► Con el objetivo de
reducir trámites burocráticos y facilitar el acceso a una pensión a los
ascendientes de trabajadores fallecidos, la Comisión de Seguridad Social, de la
Cámara de Diputados, aprobó modificar la Ley del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
El dictamen de la iniciativa presentada por el
diputado priista, Rafael Yerena Zambrano, indica que el trámite que deben
realizar los beneficiarios no es un procedimiento costoso, pero “sí es largo y
tedioso para las personas adultas mayores”.
Al dictaminar esta enmienda, los integrantes de la
comisión legislativa reconocieron que cuando se da el supuesto jurídico de una
transmisión de pensión, en la mayoría de los casos, los ascendientes tienen una
edad avanzada.
Plantea que “el importe de las pensiones previstas
en la Ley del ISSSTE es insuficiente, y no les asegura una honrosa
subsistencia”, de ahí la necesidad de simplificar ese requisito cuando se
presente el supuesto jurídico por muerte del trabajador o del pensionado, y
sean personas de la tercera edad las que puedan acceder a este derecho.
La reforma al artículo 49 de la ley del ISSSTE
refiere que los ascendientes de 60 o más años de edad podrán atestiguar ante
juzgado cívico la dependencia económica con respecto al pensionado fallecido.
La fracción III del artículo 131 se modifica para
establecer que la acreditación de dependencia económica para ascendientes de 60
o más años de edad, se realizará bajo lo estipulado en el artículo citado, es
decir, que ese requisito no es solicitado a cónyuges e hijos, “lo cual resulta
discriminatorio”.
Asimismo, la Comisión de Seguridad Social consideró
que atestiguar ante un juzgado cívico sólo simplificaría el trámite, pero aún
deberán cumplirse otros requisitos generales y los correspondientes a la ascendencia.
Además, se planteó que de aprobarse este dictamen en
el pleno camaral, aunado al derecho recibido, las personas de la tercera edad
en mención también tendrían acceso a servicios de salud.
Fuente: Notimex
Septiembre/28/2016
www.libertadguerrero.net
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