CHILPANCINGO ► El diputado Héctor Vicario Castrejón propuso adiciones
al Código Procesal Civil del estado para que prevea la defensa de la madre y el
menor no reconocido, y éstos reciban de manera obligatoria la pensión
alimentaria.
Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de
Justicia para que cuando el hijo sea concebido en una relación de hecho, la
madre pueda solicitar al juzgado la prueba genética de ADN para probar la
paternidad que será sin costo y de esta manera el progenitor sea obligado a
proporcionar pensión alimentaria.
En la exposición de motivos el legislador
refirió que los sujetos obligados ya sean en el matrimonio o concubinato en la
que se procreen hijos ya sea por vía sanguínea o adopción tienen el derecho-
obligación de inscribirlos en el Registro Civil para que reciban la protección
del estado e instituciones para velar por el desarrollo de la persona desde su
nacimiento.
Vicario Castrejón refirió que la obligación alimenticia es, en términos
generales, la cantidad que deben dar los deudores alimentarios a los acreedores
para su subsistencia; la adición al Código Procesal Civil exige que una vez
comprobada la paternidad adquiere obligación alimentaria con el menor.
Argumentó que el estado no debe olvidar los
derechos que adquiere un ser humano desde el momento de su nacimiento; por ello el propósito de la iniciativa que
recuerda al Tratado Internacional denominado Convención Interamericana sobre
Obligaciones Alimentarias, actualmente en vigor, en su Artículo 4º que señala
que toda persona tiene derecho a recibir alimentos sin distinción de
nacionalidad, raza, sexo, religión. Filiación, origen o situación migratoria o
cualquier otra forma de discriminación.
Así como la
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre que establece
en su artículo VIII, que “Toda mujer en estado de gravidez o en época de
lactancia, así como todo niño, tienen derecho a protección, cuidados y ayuda
especial”.
Por Staff de Redacción
Mayo/06/2016
www.libertadguerrero.net
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