Avala SCJN cese y reubicación de maestros que no aprueben evaluación - Libertad Guerrero Noticias

Avala SCJN cese y reubicación de maestros que no aprueben evaluación


CIUDAD DE MÉXICO ►  La Suprema Corte validó las reformas en materia educativa que permiten el cese de los docentes al servicio del Estado que tienen nombramiento provisional y que no aprueben las tres evaluaciones a que tienen derecho para su ingreso, promoción y permanencia en el cargo.

Por unanimidad, el pleno de la Corte también avaló que aquellos profesores que tienen un nombramiento definitivo y que no obtengan una calificación favorable deberán salir de las aulas y ser reubicados.

Los maestros podrán impugnar los resultados cuando crean que la evaluación no estuvo bien aplicada. Para eso, tendrán la oportunidad de interponer juicios administrativos o de amparo.

Mientras que los docentes que se nieguen a someterse al sistema de evaluación, reiteró la Corte, tendrán que ser cesados de forma inmediata. Los ministros subrayaron que nadie puede ir contra lo que establece la Constitución.

La Corte señaló que los artículos tercero y cuarto de la Carta Magna establecen que debe regir un sistema educativo de calidad, lo cual constituye un derecho humano de los educandos, principalmente en función del interés superior del menor que debe privilegiarse.

El fallo derivó de la revisión de un amparo que promovieron maestros que impugnaron los artículos 52 y 53 de la Ley General del Servicio Profesional Docente con relación a sus artículos octavo y noveno transitorios, los cuales, señalaron los quejosos, vulnera lo dispuesto en el artículo 14 constitucional.

Fernando Franco González, ministro ponente, señaló que los citados preceptos no afectan a los maestros que tienen un nombramiento definitivo, porque no les causa un perjuicio, "dado que no pudieron acreditar que tenían la capacidad para realizar la función docente".

"Y los otros, se considera que no tenían un derecho adquirido, puesto que no tenían un nombramiento definitivo y, consecuentemente, tampoco se puede señalar que se les está violando el derecho consignado en el artículo 14 a la no aplicación retroactiva de la norma", comentó.

Recordó que en ambos nombramientos, cuando el resultado de la evaluación es insuficiente, los docentes se encuentran obligados a incorporarse a los programas de regularización, teniendo la oportunidad se someterse a una segunda evaluación en un plazo no mayor a 12 meses.

Si el resultado es nuevamente insuficiente después de esa primera evaluación, la persona deberá someterse a una tercera prueba en un plazo no mayor a 12 meses, y en caso de obtener una calificación desfavorable, se darán por terminados los efectos del nombramiento. Respecto al argumento de los quejosos, quienes alegaron que dichas reformas violan el derecho a la dignidad humana y lo establecido en tratados internacionales, Franco dijo que eso es falso.

El sistema de evaluación y sus consecuencias, expresó el ministro González, son acordes también a los tratados internacionales de derechos humanos.

"Lo cierto es que los tratados internacionales que invoca (el quejoso) no reconocen un derecho absoluto a la estabilidad, sino que expresamente prevén la posibilidad del cese en casos justificados, como pudiera ser el no contar con la preparación suficiente para realizar labores docentes", señaló el ministro ponente.

El pleno dijo que la reforma tampoco es inconstitucional, porque no se viola el derecho de audiencia para aquellos docentes que no aprueben sus evaluaciones.

La Ley General del Servicio Profesional Docente prevé que los maestros que no tuvieron una calificación favorable en su evaluación cuentan con 10 días para presentar alegatos para su defensa, para determinar si la evaluación fue bien aplicada. A su vez, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena enfatizó que la garantía de audiencia está bien aplicada en la reforma educativa.

Ejemplificó al decir que en el Poder Judicial de la Federación los jueces que no están conformes con los resultados de sus exámenes para su promoción pueden interponer un juicio administrativo o recurrir al amparo. Lo mismo es para los maestros.

La Corte continuará el próximo lunes con la discusión de este primer amparo, de 26 juicios de garantía que admitió para su revisión.

Los tópicos que se discutirán y que son de gran relevancia tienen que ver con el derecho a la libertad de trabajo y el impedimento que tiene el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación cuando se determine la separación de un docente.

Durante la sesión, el presidente de la Corte, Luis María Aguilar, evitó que dos maestros fueran desalojados, luego de que exhibieron dos cartulinas con leyendas contra la reforma educativa.

Aguilar pidió al personal de seguridad dejar en paz a los docentes, siempre y cuando se manifestaran de manera respetuosa.

Prioritario, el derecho a la educación: CNDH

El ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, afirmó que "el derecho a la educación de calidad es una prioridad y como tal debe tratarse en atención al interés superior de la niñez y de los jóvenes".

Convocó a sus homólogos del país a pronunciarse en favor de la vigencia y protección del derecho humano a la educación, "cuyo interés superior demanda que las distintas autoridades en la materia, en sus respectivos ámbitos de competencia, cumplan con sus obligaciones como servidores públicos y den vigencia a este derecho".

Durante su participación en el 42 Congreso Nacional Ordinario y Asamblea General de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos, que se desarrolla en Villahermosa, Tabasco, afirmó:

"Solo mediante la vigencia y ejercicio del derecho constitucional que asiste a todos los mexicanos de acceder a una educación de calidad y con los alcances y términos previstos por el artículo tercero de la Constitución, podremos adquirir los conocimientos y principios necesarios para que se desarrolle una cultura cívica y jurídica que propicie que vivamos en un verdadero estado de derecho, donde todas las personas conozcan y hagan valer sus derechos pero, al mismo tiempo, cumplan con sus obligaciones.

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Fuente: Milenio
Junio/26/2015
www.libertadguerrero.net

Edición: Fracalo

Libertad Guerrero Noticias, periódico online editado desde el puerto de Acapulco, Guerrero, México, bajo la dirección del periodista Francisco Cárdenas López (Fracalo). Contacto: fracalo2001@yahoo.com.mx

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