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El Congreso y las leyes secundarias en materia electoral

El Congreso y las leyes secundarias  en materia electoral
Por Esteban Valdeolivar S.

El Congreso Local  aprobó la Ley de instituciones y Procedimientos Electorales, así como reformas a las leyes del Sistema de Medios de Impugnación, Orgánica del Tribunal Electoral y del Municipio Libre.

Con la presencia de 35 diputados, se dio lectura a los dictámenes de ley y de reformas legales, en los que se especificó que en Guerrero no sólo se acatarán los principios de legalidad para la realización de los procesos electorales marcados a nivel federal, sino que se amplió, por ejemplo, la aplicación del principio de paridad de género a las elecciones a nivel federal.

Las mujeres tendrán registro obligatorio en fórmulas y planillas para diputaciones locales y presidencias municipales al 50 por ciento. Con esta legislación, los partidos políticos están obligados a registrar ante el órgano electoral listados de diputadas y diputados en sentido de paridad.

Incluso, se estableció en la misma ley electoral y en la de medios de impugnación que, en el caso de que una planilla no incorpore el principio de equidad de género, la autoridad correspondiente deberá negar su registro.

Un punto que fue incluido en el debate en lo particular de la nueva ley electoral, fue el cambio de 2 a 5 por ciento de los recursos destinados a capacitación y
profesionalización por parte de los partidos políticos, pero enfocados exclusivamente en beneficio de las mujeres.

También se aprobó la reducción en el número de los magistrados electorales de 5 a 3 y la posibilidad de aplicar sanciones si se confirma la adquisición de espacios en medios de comunicación por encima de los estipulados en la ley para la realización de campañas.

Se empatan los procesos electorales federales y locales en una sola fecha, que será el primer domingo de junio del 2015.

A partir de las elecciones en el 2015 los diputados locales podrán contender para ser reelectos por cuatro periodos más, mientras que los presidentes y síndicos por una sola ocasión adicional; con esto se termina con el principio de no reelección.

Se establecen las candidaturas independientes a gobernador, presidentes municipales y síndicos, previa acreditación del 3 por ciento de ciudadanos inscritos en el listado nominal del INE.

Se introduce la figura de candidatos comunes, es decir, los partidos políticos podrán postular un candidato representando a dos o más partidos políticos, sin que medie un convenio de coalición.

Habrá diputado migrante solo hasta la elección del 2018, entre otras reformas a la Ley de instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero.

Pero como siempre, usted tiene la mejor opinión.

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Edición: Fracalo

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