CIUDAD DE MÉXICO (www.libertadguerrero.net).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones la minuta que reforma la Constitución en materia de telecomunicaciones, cuyo decreto devolvió a la Cámara de Senadores para su eventual ratificación.
Por 409 votos, 32 en contra y dos abstenciones, la Cámara Baja convino en allanarse a los 27 cambios realizados por los senadores, aunque hizo una pequeña modificación a la fracción VII del Artículo 28.
En el artículo 28 de la Constitución, el pleno aceptó la propuesta panista sobre la ejecución de resoluciones de la Comisión Federal de Competencia Económica y que consistió en remover la expresión “las resoluciones se ejecutarán”, por la que fue aprobada de “éstas se ejecutarán”, en referencia a aquéllas que impongan multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, y deberán ejecutarse hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva.
Desde la tribuna, Julio César Moreno (PRD), presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, refirió, al fundamentar la minuta, que los cambios de los senadores al decreto previamente aprobado por los diputados consisten en precisar que el organismo público de telecomunicaciones que preste el servicio de radiodifusión será descentralizado, así como en adicionar, dentro del concepto de concesiones sociales, a las radios comunitarias e indígenas.
Así como que los nuevos órganos del Ifetel y la Comisión Federal de Competencia Económica deberán presentar un informe de actividad trimestral, y que sus comisionados podrán ser removidos del cargo por falta grave, y que en materia de amparo, las normas generales, actos u omisiones de la Comisión y el Instituto podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y que no serán objeto de suspensión.
Su correligionaria Purificación Carpinteyro Calderón llamó a los integrantes de la Cámara Baja a congratularse porque a pesar de todas las modificaciones realizadas por los senadores no hay más de cuatro trascendentes.
Y se refirió en específico a los cambios realizados al Artículo 28 constitucional, que en la fracción VII establece que las decisiones de la Comisión en materia de imposición de multas y desincorporación de bienes y activos, no podrán ser ejecutadas sino hasta después de que se haya terminado el proceso de juicio de amparo, y a la inclusión de las radios comunitarias e indigenistas como parte de las radios sociales.
Fuente: Agencias
Abril/25/2013
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