Tribunal ratifica monto destinado a PAN-Guerrero - Libertad Guerrero Noticias

Tribunal ratifica monto destinado a PAN-Guerrero



ACAPULCO (www.libertadguerrero).- El Partido Acción Nacional (PAN) en el estado sólo tendrá derecho al 2 por ciento del financiamiento público, previsto en este año para actividades ordinarias que otorga el Instituto Electoral del Estado de Guerrero, al declararse infundados e inoperantes los agravios que expuso en el Juicio de Revisión Constitucional Electoral que promovió.
Al quedar firme la sentencia que emitió la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado, en este año el Partido Acción Nacional sólo tendrá derecho a recibir la cantidad de un millón 196 mil 92.09 pesos por concepto de financiamiento para actividades ordinarias, que representa el 2 por ciento de los 59 millones 804 mil 604.38 pesos que presupuestó el IEEG para este ejercicio fiscal para los partidos políticos acreditados.
Los magistrados electorales federales declararon inoperantes otros agravios que expuso el Partido Acción Nacional, al considerar que no forman parte de un razonamiento jurídico encaminado a evidenciar la ilegalidad de la resolución reclamada, sino que se trata de expresiones vagas y que no contravienen lo considerado por la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado en su sentencia que dictó el 8 de febrero de este año.
Por lo anterior, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmó la sentencia que dictó el 8 de febrero la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, en los recursos de apelación TEE/SSI/RAP/001/2012 y TEE/SSI/RAP/003/2012 acumulados.
En el Juicio de Revisión Constitucional Electoral registrado con el número SUP-JRC-32/2012, el Partido Acción Nacional señaló que la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Estatal Electoral (TEE), analizó incorrectamente el concepto de equidad electoral.
También expuso que la Sala de Segunda Instancia del TEE consideró incorrectamente que Acción Nacional únicamente tiene derecho a que se le asigne el 2 por ciento del total del financiamiento por actividades ordinarias permanentes.
Por su parte, los magistrados electorales del estado establecieron en su sentencia que la norma aplicable para la entrega de prerrogativas al PAN, es el párrafo décimo quinto del artículo 59 de la referida ley electoral, toda vez que el Partido Acción Nacional obtuvo su acreditación ante el Instituto Electoral del Estado, en fecha posterior a la última elección local, que en este caso fue la de gobernador.
"Únicamente tiene derecho a que se le asigne el 2 por ciento del financiamiento para actividades ordinarias de los partidos políticos".

Por Adriana Covarrubias
Marzo/17/2012
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