CIUDAD DE MÉXICO (www.libertadguerrero.net).- El
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que
los ciudadanos del Distrito Federal que radican en el extranjero podrán elegir
al jefe de Gobierno a través del voto vía Internet en el periodo 2012-2018.
Por mayoría de votos, la Sala Superior aprobó el
proyecto presentado por el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, el cual
planteaba que el Instituto Electoral del Distrito Federal tiene facultades para
organizar éste ejercicio, además de que la normatividad sí cuenta con las
medidas de seguridad para garantizar la conformación de la Lista Nominal de
electores en el extranjero, además de que el acuerdo aprobado por el IEDF
cumple con condiciones para garantizar los principios de legalidad y certeza.
Asimismo, Nava Gomar consideró que el acuerdo
aprobado por el IEDF hace uso de las herramientas tecnológicas para llevar
fuera de las fronteras de una “manera accesible, amigable y, en apariencia
barata, la posibilidad de ejercer el derecho al voto”.
Con la sentencia, se revocó la determinación del
Tribunal Electoral del DF del pasado 8 de diciembre, en la cual se pronunció
contra el denominado “voto chilango”, al considerar que no contaba con las
medidas de seguridad para salvaguardar la secrecía de los sufragios.
Sin embargo, Nava Gomar consideró en su ponencia
que sí existe un procedimiento claro y definido para distribuir las solicitudes
de inscripción a fin de integrar la Lista Nomina del Electores.
El magistrado Flavio Galván votó contra el proyecto
bajo el argumento de que el IEDF no cuenta con las facultades para llevar a
cabo estos ejercicios.
Sin embargo, Nava Gomar aclaró que el Código
Electoral Local establece claramente las facultades del IEDF, y en estas se
contempla la posibilidad de establecer los criterios para el voto de sus
ciudadanos desde el extranjero.
“No se modifica la normativa en lo sustancial,
es decir, no se esta haciendo eso, sino, regulando por vía administrativa y
para ello tiene facultades la autoridad así es como lo leo y así esta
construido el proyecto, un sistema de recepción, una modalidad de recepción del
voto, es decir, no se altera en lo sustancial ni el sistema electoral ni las
cualidades especificas y esenciales del propio voto, su carácter universal,
secreto, libre directo”, destacó.
Fuente:
Milenio
Enero/12/2012
www.libertadguerrero.net
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