CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad de votos, que
las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en las
que se condene al Estado mexicano son de cumplimiento obligatorio para el Poder
Judicial de la Federación (PJF).
El Pleno continuó el análisis de
la sentencia que dictó la CoIDH por la desaparición forzada de Rosendo Radilla,
de la que se derivan varias obligaciones para el Poder Judicial de la
Federación, entre ellas la de tomar medidas para acotar el fuero militar en
casos de violaciones a los derechos humanos.
Los ministros aprobaron también,
por mayoría de votos, que la SCJN no tiene competencia para analizar y
pronunciarse sobre las reservas y declaraciones interpretativas que formuló el
Estado mexicano al suscribir la Convención Americana de Derechos Humanos y la
Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
Aunque el reconocimiento de la
obligatoriedad de las sentencias fue unánime, el ministro Salvador Aguirre
Anguiano votó inicialmente en contra, con el argumento de que el sometimiento
del Estado mexicano a la jurisdicción de la CoIDH no fue incondicional, pero
después avaló la propuesta, con la misma salvedad.
Luis María Aguilar también voto
a favor, pero reiteró su postura en el sentido de que algunos resolutivos de la
sentencia exceden las facultades de la Corte Interamericana, como el de hacer
modificaciones legislativas en materia de fuero militar, o la de capacitar a
los jueces federales en la jurisprudencia de la CoIDH y el delito de
desaparición forzada.
En su opinión, la sentencia
debería estar dirigida exclusivamente a satisfacer la reparación de los
derechos humanos violados a Rosendo Radilla y su familia, con acciones como
"la conclusión de los procesos penales iniciados por su desaparición,
continuar su búsqueda, realizar un acto público de reconocimiento de la
responsabilidad y el pago de indemnizaciones", expuso.
Estas acciones, además, no
requieren de la participación del Poder Judicial de la Federación, dijo el
ministro, quien manifestó su rechazo a que la Corte Interamericana pretenda
incidir, con su sentencia, en ámbitos que son competencia exclusiva del Estado
mexicano
"Solo ciertas obligaciones
son realmente obligatorias, y son las que están dentro del ámbito competencial
de dicho tribunal...para mí se trata de que el Estado mexicano cumpla con su
compromiso de reparar las violaciones a los derechos humanos de una persona, y
solo para ello, caso por caso y sin hacer pronunciamiento a futuro ni de
carácter general", consideró.
El ministro Fernando Franco,
destacó que con este asunto la Corte se enfrenta a una situación inédita, no
solo por el tema, sino por la reciente reforma constitucional en derechos
humanos.
Sostuvo que el tema no podía
resolverse con base en criterios de la Corte establecidos antes de la reforma
constitucional, los cuales, dijo, deberán revisarse también a la luz del nuevo
marco constitucional.
"Nuestro límite es la
Constitución y nuestra constitución nos obliga a revisar nuestros criterios, y
pronunciarnos. Tenemos que analizar el asunto a la luz del nuevo marco
constitucional", expuso y dijo que las sentencias son obligatorias, salvo
que la SCJN pudiera considerar que alguna de ellas se contrapone a la
Constitución.
El ministro Guillermo Ortiz
Mayagoitia planteó que el asunto en estudio no requería una declaración
categórica de la Suprema Corte.
"Creo que basta decir que
la sentencia es obligatoria y menciona obligaciones al Poder Judicial de la
Federación que deben atenderse en los términos que defina este tribunal. No se
trata de que hagamos estudios sobre la jurisdicción militar, necesitamos un
caso concreto y entonces aplicar lo que aquí se dice, incorporar los criterios
interpretativos como aquí se dice".
José Ramón Cossío señaló que la
Corte mexicana no puede analizar la competencia de un tribunal internacional
cuya jurisdicción se reconoció en un acto soberano, y citó el fallo Avena, en
el que se obtuvo una sentencia favorable frente a Estados Unidos contra la
condena a muerte impuesta a mexicanos en violación de las disposiciones de
asistencia consular.
"Cuando el Estado mexicano
ganó en el caso Avena nos pareció muy bien. Tuvo un éxito litigioso. Son las
mismas consecuencias cuando se gana que cuando se pierde", sostuvo.
El debate continuará en la
sesión del próximo jueves.
Fuente: El Universal
Julio/05/2011
www.libertadguerrero.net



0 comments :
Publicar un comentario
Por favor, ingresa tu correo electrónico para poder contactarte posteriormente... Gracias por visitarnos.